DICCIONARIO JURÍDICO – TÉRMINOS LETRA F

Enciclopedia de Derecho - Letra F

Diccionario Jurídico Exhaustivo: Letra F

Fallo

Se denomina fallo a la parte dispositiva de una sentencia judicial. Es el pronunciamiento imperativo del tribunal donde se condena o absuelve al acusado en el ámbito penal, o se estima o desestima la pretensión en el ámbito civil. El fallo debe ser congruente con las peticiones de las partes y constituye la base para la ejecución de la sentencia una vez que esta adquiere firmeza.

Falsedad Documental

Delito tipificado en el Código Penal que consiste en la alteración de los elementos esenciales de un documento, la simulación de un documento en todo o en parte, o la suposición de intervención de personas que no la han tenido. La falsedad documental protege la seguridad del tráfico jurídico y la autenticidad de los documentos públicos, oficiales o mercantiles.

Falta (Delito Leve)

Tradicionalmente, la falta era la infracción penal de menor gravedad. Sin embargo, tras la reforma del Código Penal de 2015, las antiguas faltas han desaparecido, habiéndose transformado la mayoría de ellas en Delitos Leves. Estos se enjuician mediante un procedimiento ágil y su condena deja antecedentes penales, a diferencia del sistema anterior. El objetivo de este cambio fue reducir la litigiosidad y derivar las infracciones más livianas a la vía administrativa.

Fe Pública (Notarial y Judicial)

Es la garantía de veracidad y legalidad que el Estado otorga a determinados profesionales. La Fe Pública Notarial, ejercida por los Notarios, asegura que los hechos que el notario presencia y los contratos que autoriza son ciertos. Por otro lado, la fe pública judicial es ejercida por los Letrados de la Administración de Justicia, quienes certifican la autenticidad de las actuaciones procesales.

Fianza

Obligación accesoria dirigida a asegurar el cumplimiento de una obligación principal. En el ámbito criminal, la fianza garantiza que el investigado comparecerá ante el Juez, evitando la prisión provisional. En el ámbito civil, es común la fianza arrendaticia, que sirve como garantía para reparar daños en el inmueble alquilado o cubrir impagos de rentas, regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Fideicomiso (Sustitución Fideicomisaria)

Figura sucesoria por la cual el testador (fideicomitente) encarga al heredero (fiduciario) que conserve y transmita a un tercero (fideicomisario) todo o parte de la herencia. El fideicomiso es una herramienta potente de planificación patrimonial, sujeta a límites temporales para evitar que los bienes queden vinculados perpetuamente fuera del comercio, según establece el Código Civil.

Filiación

Estado civil que determina la relación de parentesco entre padres e hijos. La filiación puede ser por naturaleza (biológica) o mediante la adopción, teniendo ambas los mismos efectos legales en cuanto a apellidos, patria potestad, derechos sucesorios y la obligación de prestar alimentos. Su determinación puede realizarse mediante inscripción en el Registro Civil o mediante sentencia judicial en juicios de paternidad.

Finca (Registral)

Término técnico-jurídico que define la unidad de explotación o edificación inscrita en el Registro de la Propiedad. Cada finca abre un folio registral propio mediante la inmatriculación, donde se describen sus linderos, cargas (hipotecas, servidumbres) y titularidad. La seguridad del tráfico inmobiliario en España reside en la exactitud de lo publicado en el registro oficial, coordinado por el Colegio de Registradores.

Firma Electrónica

Conjunto de datos electrónicos que acompañan a un documento digital y que permiten identificar al autor y asegurar la integridad del contenido. La Firma Electrónica Reconocida tiene, respecto de los datos consignados en forma electrónica, el mismo valor jurídico que la firma manuscrita, siendo esencial para las relaciones con la Administración y la contratación digital segura.

Fiscal (Ministerio Fiscal)

Órgano del Estado integrado en el Poder Judicial que tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley. El Fiscal actúa bajo los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica, siendo una figura clave en la instrucción penal y en la protección de menores y personas con discapacidad.

FOGASA (Fondo de Garantía Salarial)

Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo que garantiza a los trabajadores el cobro de salarios e indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral que no han sido abonados por insolvencia o concurso de acreedores de la empresa. El FOGASA actúa como un seguro social financiado por las aportaciones de los empresarios, evitando que el trabajador quede desamparado ante la quiebra del empleador.

Fraude de Ley

Concepto recogido en el artículo 6.4 del Código Civil. Se produce cuando se realizan actos al amparo del texto de una norma (norma de cobertura) que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él. Los actos realizados en fraude de ley no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir, careciendo de eficacia legal los beneficios obtenidos bajo esta apariencia.

Frustración (del Delito)

Grado de ejecución criminal en el que el autor pone en marcha todos los actos necesarios para la consumación del delito, pero el resultado no se produce por causas ajenas a su voluntad (ej: un disparo que no mata porque la víctima es atendida rápidamente). En la frustración o tentativa acabada, la pena suele ser inferior en uno o dos grados a la del delito consumado, valorando el peligro real creado para el bien jurídico protegido.

Fuerza Ejecutiva

Es la cualidad de determinados documentos o resoluciones que permiten exigir el cumplimiento de la obligación en ellos contenida mediante la vía de apremio o ejecución forzosa. Tienen fuerza ejecutiva las sentencias firmes, los laudos arbitrales, las escrituras públicas notariales y las pólizas mercantiles intervenidas, ahorrando al acreedor la necesidad de pasar por un juicio declarativo previo.

Fuerza Mayor

Acontecimiento de la naturaleza o de la autoridad que es **imprevisible e inevitable** (como un terremoto o una guerra), y que impide el cumplimiento de una obligación. Según el artículo 1.105 del Código Civil, nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables. La fuerza mayor libera al deudor de responsabilidad por daños y perjuicios, a diferencia del caso fortuito, que suele ser interno a la actividad.

Función Jurisdiccional

Es la potestad emanada de la soberanía del Estado para aplicar el Derecho en casos concretos, resolviendo controversias de forma irrevocable. La función jurisdiccional es ejercida exclusivamente por Jueces y Magistrados, constituyendo una garantía para el ciudadano de que sus conflictos serán resueltos por un tercero imparcial, independiente y sometido únicamente al imperio de la ley.

Fundación

Organización constituida sin ánimo de lucro que, por voluntad de sus creadores, tiene afectado su patrimonio de modo duradero a la realización de fines de interés general (asistenciales, educativos, culturales). Las fundaciones adquieren personalidad jurídica propia tras su inscripción en el Registro de Fundaciones, estando sujetas al control del Protectorado para asegurar el cumplimiento de sus fines fundacionales.


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