DICCIONARIO JURÍDICO – TÉRMINOS LETRA P

Diccionario Jurídico Letra P - Términos Legales

Diccionario de términos jurídicos y derecho: letra P

Pacto Comisorio

El pacto comisorio es una cláusula mediante la cual el acreedor se reserva la facultad de apropiarse directamente de la cosa dada en garantía (prenda o hipoteca) en caso de que el deudor no cumpla con su obligación. Es fundamental destacar que este pacto está expresamente prohibido en el ordenamiento jurídico español (Art. 1859 y 1884 del Código Civil), para evitar abusos y proteger el patrimonio del deudor, exigiendo que la ejecución de la garantía se realice mediante los procedimientos de subasta pública legalmente establecidos.

Pacto de Cuotalitis

Acuerdo contractual entre un abogado y su cliente por el cual los honorarios profesionales consisten exclusivamente en una parte proporcional del beneficio económico obtenido en el proceso. Aunque históricamente estuvo restringido, actualmente el pacto de cuotalitis es plenamente legal en España bajo el principio de libertad de pacto, permitiendo que ciudadanos sin liquidez inicial puedan acceder a la justicia vinculando el pago al éxito de la pretensión.

Parafernales (Bienes Parafernales)

Concepto histórico y técnico referido a los bienes propios de la mujer casada que no formaban parte de la dote. Son bienes privativos que la mujer aporta al matrimonio o adquiere posteriormente por cualquier título (herencia, donación o compra). En la actualidad, bajo el régimen de gananciales, se identifican con los bienes privativos del cónyuge que no se integran en la masa común de la sociedad conyugal.

Parte Alícuota

En el ámbito sucesorio y de propiedad, la parte alícuota es aquella proporción matemática exacta (mitad, tercio, cuarto) que representa una fracción del todo. A diferencia de una parte concreta, la alícuota no determina qué bienes específicos corresponden al titular, sino qué **porcentaje de valor** ostenta sobre la totalidad de un patrimonio o una cosa común (proindiviso).

Patria Potestad

La patria potestad constituye el conjunto de derechos, deberes y facultades que la ley otorga a los progenitores para la protección, educación y administración de los bienes de sus hijos menores no emancipados. Según el artículo 154 del Código Civil, se ejerce siempre en beneficio de los hijos y comprende velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos y representarlos legalmente.

Peculio

Término que designa los bienes o ahorros particulares de una persona. Jurídicamente, se refiere a menudo al peculio del menor: bienes que este adquiere por su trabajo, industria o por título gratuito (herencia o donación) mientras está bajo la patria potestad. Los padres tienen la administración, pero el menor mantiene la propiedad y, en ciertos casos, la libre disposición de los frutos obtenidos por su propio esfuerzo.

Pena

La pena es la sanción punitiva máxima que el Estado impone a los responsables de una infracción penal (delito). Su aplicación está regida por el principio de legalidad (no hay pena sin ley previa). Las penas pueden ser privativas de libertad, privativas de derechos (inhabilitación) o pecuniarias (multa). Su finalidad constitucional en España es la reeducación y reinserción social del sentenciado.

Penado

Condición jurídica de la persona sobre la que ha recaído una sentencia condenatoria firme y que se encuentra extinguiendo la responsabilidad penal impuesta. El penado goza de derechos fundamentales que no se vean afectados por el sentido de la condena, manteniendo la protección de la ley penitenciaria durante su estancia en centros de reclusión.

Pensión de Alimentos

Obligación económica impuesta generalmente tras una separación o divorcio, consistente en el abono de una cuantía periódica para cubrir todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica de los hijos. La pensión de alimentos es un derecho del menor y su cuantía se determina proporcionalmente a los medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe.

Perentorio

Se aplica a los plazos procesales cuyo transcurso produce la caducidad del derecho o la imposibilidad de realizar un acto. Un término perentorio es improrrogable y final; una vez vencido, se pierde la oportunidad de presentar pruebas, recursos o alegaciones, garantizando así la seguridad jurídica y la celeridad del procedimiento.

Perito

El perito es un tercero ajeno al proceso que posee conocimientos especializados (científicos, artísticos, técnicos o prácticos) de los que el Juez carece. Su función es emitir un informe pericial para auxiliar al tribunal en la valoración de hechos complejos. Los peritos pueden ser judiciales (designados por el juzgado) o de parte (designados por los litigantes).

Permuta

Contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa para recibir otra. Es el antecedente histórico de la compraventa (trueque). Jurídicamente, la permuta se rige por las mismas normas que la venta, con la salvedad de que no media un precio cierto en dinero, sino un intercambio de titularidades dominicales.

Pertinente

En derecho probatorio, se califica como pertinente aquella prueba que guarda una relación directa y lógica con el objeto del pleito. El Juez debe rechazar aquellas pruebas que, aun siendo legales, resulten inútiles o impertinentes por no aportar nada relevante para el esclarecimiento de los hechos controvertidos.

Plebiscito

Mecanismo de democracia directa mediante el cual se somete a la aprobación del censo electoral una decisión política, constitucional o legislativa de especial trascendencia. Es una consulta vinculante o consultiva donde el pueblo manifiesta su voluntad soberana sobre materias que afectan al Estado.

Posesión de Estado

Situación de hecho que consiste en el ejercicio público, pacífico y continuado de los derechos y deberes propios de un determinado estado civil (como el de hijo o cónyuge) sin poseer necesariamente el título formal. La posesión de estado es un medio de prueba fundamental para la determinación legal de la filiación cuando faltan las inscripciones registrales correspondientes.

Preaviso

Obligación de notificar a la otra parte, con la antelación pactada o legalmente prevista, la intención de extinguir una relación contractual. Es crítico en el Derecho Laboral (despidos o dimisiones) y en arrendamientos urbanos. La falta de preaviso suele acarrear una indemnización económica compensatoria por los daños y perjuicios causados por la ruptura sorpresiva.

Precontrato

También denominado promesa de contrato, es el acuerdo por el cual las partes se obligan a celebrar un contrato definitivo en un momento posterior. El precontrato ya contiene los elementos esenciales del negocio futuro, otorgando a los firmantes la facultad de exigir judicialmente la formalización del contrato final si una de las partes se retracta injustificadamente.

Prejudicial

Cuestión jurídica que presenta tal conexión con el objeto principal de un juicio que debe ser resuelta previamente por un tribunal distinto o del mismo orden. La existencia de una cuestión prejudicial (por ejemplo, una querella penal sobre la falsedad de un documento) puede suspender el curso de un proceso civil hasta que recaiga resolución firme sobre la misma.

Premoriencia

Criterio legal que determina el orden de fallecimiento en casos donde dos personas llamadas a sucederse mueren en un mismo evento o circunstancias cercanas. A diferencia de la conmoriencia (donde se presume que mueren a la vez), la premoriencia exige probar quién murió primero para establecer cómo se transmite el patrimonio sucesorio.

Prescripción

Institución jurídica fundamentada en el transcurso del tiempo. Se divide en:

  • Prescripción Adquisitiva (Usucapión): Permite ganar la propiedad de un bien por poseerlo durante el tiempo legal.
  • Prescripción Extintiva: Provoca la pérdida de una acción judicial por no haberla ejercitado dentro del plazo marcado por la ley (por ejemplo, deudas, delitos o faltas administrativas).

Preterición

Se produce la preterición cuando un testador olvida u omite mencionar a un heredero forzoso (legitimario) en su testamento. Puede ser intencional o errónea. Sus efectos varían desde la nulidad de las instituciones de heredero hasta la reducción de legados para salvaguardar la legítima que por ley corresponde al heredero omitido.

Prevaricación

Delito de especial gravedad cometido por autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su cargo, dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, sabiendo que dicha resolución es contraria a la ley. El Código Penal distingue entre prevaricación judicial (jueces), administrativa (funcionarios) y profesional (abogados y procuradores que perjudican deliberadamente a sus clientes).

Procurador

Profesional del derecho licenciado o graduado, cuya función principal es la representación procesal de las partes ante los Juzgados y Tribunales. A diferencia del abogado, que se encarga de la defensa técnica y el asesoramiento, el procurador garantiza que la comunicación entre el juzgado y el cliente sea fluida, encargándose de las notificaciones, plazos y ejecuciones.

Proindiviso (Comunidad de Bienes)

Estado jurídico de una cosa o derecho que pertenece a varias personas (comuneros) sin que existan partes físicas determinadas, sino cuotas ideales de participación. Nadie está obligado a permanecer en el proindiviso, por lo que cualquier copropietario puede solicitar en cualquier momento la actio communi dividundo o acción de división de cosa común.

Prueba de Referencia

Testimonio ofrecido por un testigo que no ha presenciado los hechos directamente, sino que relata lo que **escuchó decir a un tercero**. En el proceso penal, la prueba de referencia tiene un valor probatorio limitado y excepcional, solo admisible cuando el testigo directo no puede comparecer, ya que vulnera el principio de inmediación y contradicción.

Ayuda Bufetes de Abogados

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