Acción
Poder de promover la justicia, conducta humana y participación en el capital social
Resumen rápido: El término acción tiene tres vertientes jurídicas principales: 1) El derecho procesal de acudir a los tribunales; 2) La conducta voluntaria que origina un delito en derecho penal; y 3) La parte alícuota del capital social en una sociedad anónima.
- Vertiente Procesal: Instrumento para activar el derecho a la tutela judicial efectiva.
- Vertiente Penal: Elemento básico de la teoría del delito (conducta humana externa y voluntaria).
- Vertiente Mercantil: Valor mobiliario que representa la condición de socio en una Sociedad Anónima (S.A.).
- Marco Legal: Transversal a la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Código Penal y la Ley de Sociedades de Capital.
Definición Flash: La acción es, en sentido procesal, el poder jurídico que tiene todo sujeto de acudir ante los órganos jurisdiccionales para solicitar una resolución sobre una pretensión. En sentido material, es la base del comportamiento humano relevante para el Derecho, y en sentido económico-legal, es la unidad de propiedad en una empresa.
Etiqueta lingüística
Del latín actio, derivado de agere (hacer, actuar). En el Diccionario de la lengua española (RAE), se define como la facultad de acudir a un juez o tribunal solicitando el cumplimiento de un derecho. En el ámbito mercantil, define la parte alícuota del capital de una sociedad. Su uso requiere precisión de contexto para no confundir el «derecho a demandar» con el «título de propiedad» o la «conducta física».
Definición técnica y dimensiones legales
Debido a su amplitud, la acción debe desglosarse técnicamente en sus áreas de influencia más críticas:
1. La Acción Procesal (Derecho a la Jurisdicción)
Se define como el derecho público subjetivo que permite a los ciudadanos poner en marcha la maquinaria judicial. Es un derecho abstracto: se tiene acción independientemente de que se tenga o no la razón en el fondo del asunto. El Estado está obligado a dar una respuesta motivada, ya sea estimando o desestimando la pretensión.
Las acciones procesales se clasifican según el derecho que protegen:
- Acciones Reales: Aquellas que nacen de derechos sobre cosas (como la acción reivindicatoria para recuperar una propiedad).
- Acciones Personales: Aquellas que nacen de obligaciones de dar, hacer o no hacer entre personas (como reclamar una deuda).
- Acciones de Condena, Declarativas y Constitutivas: Según el resultado que se busque (que el demandado haga algo, que el Juez declare una situación o que cree/modifique una relación jurídica).
2. La Acción en Derecho Penal (La Teoría del Delito)
Es el primer elemento que analiza un jurista para determinar si existe un delito. No hay delito sin acción u omisión. Técnicamente, es un movimiento corporal voluntario que produce un cambio en el mundo exterior. Para que sea relevante penalmente, debe haber voluntad; por ello, quedan excluidos los movimientos reflejos, los estados de inconsciencia (sueño) o la fuerza irresistible.
3. La Acción Mercantil (Socio y Capital)
Según la Ley de Sociedades de Capital, las acciones representan partes iguales, indivisibles y acumulables del capital social de la Sociedad Anónima. Cada acción confiere a su titular legítimo la condición de socio y le atribuye una serie de derechos:
- Participar en el reparto de las ganancias sociales (dividendos).
- Derecho de suscripción preferente en nuevas emisiones.
- Asistir y votar en las Juntas Generales.
- Derecho de información sobre la marcha de la empresa.
Aplicación práctica en la abogacía
En el ejercicio profesional, la determinación de la acción correcta es el paso previo al éxito de cualquier pleito. El letrado debe realizar una labor de calificación jurídica para no errar en la acción que ejercita:
Ejemplo en Derecho Civil: Si un cliente ha perdido la posesión de una finca, el abogado debe decidir entre una acción posesoria (interdicto, para recuperar la posesión rápida) o una acción reivindicatoria (para discutir la propiedad), sabiendo que los plazos de prescripción y los requisitos de prueba son radicalmente distintos.
Ejemplo en Derecho Mercantil: La acción social de responsabilidad es la que ejercita la sociedad contra sus administradores por daños causados al patrimonio social. El abogado debe asesorar a los accionistas minoritarios sobre cómo forzar a la junta para que apruebe el ejercicio de esta acción si los administradores han actuado con negligencia grave.
Idea clave práctica: La prescripción de la acción es el mayor riesgo para el abogado. Una acción impecable en el fondo será desestimada si se presenta fuera del plazo legal estipulado para cada tipo de derecho.
Contexto legal en España
La regulación de la acción asegura que el ejercicio de derechos sea ordenado y previsible. Las fuentes normativas se encuentran en el BOE.
Normas fundamentales de consulta
- Constitución Española: artículo 24 (Acceso a la justicia).
- Ley de Sociedades de Capital: artículo 90 y ss. (De las acciones).
- Código Penal: artículo 10 (Definición de delitos por acciones y omisiones).
- Código Civil: artículos 1961 a 1975 (De la prescripción de las acciones).
Qué no es / diferencias clave
Diferencia con la Pretensión: La acción es el «derecho a que el Juez me escuche». La pretensión es lo que «le pido concretamente al Juez» (que me paguen 1.000 euros, que anulen un contrato). Puedo tener acción y que mi pretensión sea desestimada.
Diferencia con la Participación: En las Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) no existen acciones, sino participaciones. Aunque conceptualmente similares, las acciones son valores mobiliarios de más fácil transmisión y representación que las participaciones.
Acción vs. Omisión: En Derecho Penal, la omisión es el reverso de la acción: no hacer lo que la ley obliga a hacer (ej. omisión del deber de socorro).
Términos relacionados
- Legitimación activa
- Derecho de defensa
- Prescripción y caducidad
- Acción reivindicatoria
- Capital social
- Dividendo
- Acción popular
- Teoría del delito
Dato de autoridad
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha consolidado que el derecho a la acción no se agota con la presentación de la demanda, sino que exige que los tribunales tramiten el proceso de forma efectiva, evitando formalismos excesivos que impidan una sentencia sobre el fondo (principio pro actione).
Preguntas frecuentes sobre el concepto de acción
1. ¿Cuándo «prescribe» una acción judicial?
Depende de su naturaleza. Las acciones personales suelen prescribir a los 5 años, las reales sobre bienes muebles a los 6 años y sobre bienes inmuebles a los 30 años. Es fundamental consultar el Código Civil para cada caso concreto.
2. ¿Qué es la «acción popular» en España?
Es la facultad que tienen los ciudadanos de personarse en procesos penales para defender el interés general, aunque no sean los perjudicados directos del delito. Está recogida en el artículo 125 de la Constitución.
3. ¿Puedo vender mis acciones de una S.A. sin permiso?
Por regla general, sí, las acciones son libremente transmisibles. Sin embargo, los estatutos de la sociedad pueden establecer ciertas restricciones o derechos de adquisición preferente para otros socios.
4. ¿Qué diferencia hay entre acción y excepción?
La acción es el arma del demandante para atacar. La excepción es el escudo del demandado para defenderse (ej. alegar que la deuda ya está pagada o que la acción ha prescrito).
Autora y revisión editorial
Eugenia de Araujo González
| DERECHOABOGADOS Prensa
Coordinadora Editorial de Revista Prensa y especialista en Estrategia de Comunicación Legal. Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid, Eugenia de Araujo González garantiza la precisión técnica de todos los contenidos de DERECHOABOGADOS.es.