DICCIONARIO JURÍDICO – TÉRMINOS LETRA O

Diccionario Jurídico Letra O - Términos Legales

Diccionario de términos jurídicos y derecho: letra O

Obcecación

La obcecación es una circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal recogida en el Código Penal. Se define como un estado de perturbación emocional o anímica, producido por estímulos externos poderosos, que disminuye temporalmente la capacidad de raciocinio y la voluntad del autor. Para que sea apreciada por un tribunal, la **obcecación o arrebato** debe ser inmediata al estímulo y poseer una intensidad suficiente para explicar la conducta delictiva bajo un estado de ofuscación, siempre que no sea contrario a las normas básicas de convivencia social.

Obediencia Debida

Causa de exención de la responsabilidad criminal por la que una persona queda libre de culpa al ejecutar un daño en cumplimiento de órdenes directas de un superior jerárquico. Para que la obediencia debida sea legítima, deben concurrir tres requisitos: relación de jerarquía administrativa o militar, competencia del superior para dar la orden, y que la instrucción no sea manifiestamente ilícita o contraria a la Constitución (lo que se conoce como «órdenes antijurídicas»).

Objeción

Mecanismo procesal mediante el cual el letrado manifiesta su oposición a una pregunta formulada por la contraparte durante un interrogatorio o a la admisión de una prueba. La objeción busca evitar que entren en el proceso preguntas sugestivas, capciosas, impertinentes o que vulneren derechos fundamentales del interrogado. El Juez debe resolver de inmediato si la objeción es «pertinente» o se desestima.

Obligación

Vínculo jurídico mediante el cual el deudor queda compelido a realizar una prestación de dar, hacer o no hacer en favor del acreedor. El artículo 1089 del Código Civil establece que las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasicontratos, y de los actos u omisiones ilícitos. En caso de incumplimiento, el deudor responde con todos sus bienes presentes y futuros (principio de responsabilidad patrimonial universal).

Obligación Alimenticia

Deber legal que impone a determinados familiares (ascendientes, descendientes o cónyuges) la prestación de los medios necesarios para la subsistencia de aquel pariente que carece de ellos. La obligación alimenticia abarca no solo el sustento (comida), sino también el vestido, habitación y asistencia médica. Se rige por el principio de proporcionalidad: se ajusta tanto al caudal del obligado como a las necesidades reales del beneficiario.

Ocupación

Modo de adquirir la propiedad de los bienes muebles que no tienen dueño (res nullius), mediante la toma de posesión material con la intención de hacerse dueño de ellos. Jurídicamente, la ocupación solo es válida sobre bienes muebles abandonados o sin dueño conocido; en el caso de bienes inmuebles, la ley española atribuye la propiedad de los edificios «sin dueño» directamente al Estado, por lo que no cabe la ocupación privada legal de inmuebles.

Oficio Judicial

Documento oficial emitido por un Juez o Tribunal destinado a autoridades, funcionarios o entidades para solicitar informes, datos o la ejecución de una diligencia concreta. El oficio judicial es el canal de comunicación formal entre el Poder Judicial y el resto de la Administración Pública, y su cumplimiento es obligatorio bajo advertencia de incurrir en un delito de desobediencia.

Ológrafo (Testamento Ológrafo)

Se aplica al documento escrito de puño y letra por su propio autor. En derecho sucesorio, el testamento ológrafo es aquel redactado íntegramente por el testador, debiendo estar firmado y fechado por él. Para que tenga validez tras el fallecimiento, debe pasar por un proceso judicial de **adveración y protocolización** para confirmar su autenticidad.

Oneroso

Cualidad de un contrato o negocio jurídico donde ambas partes obtienen una ventaja a cambio de una contraprestación equivalente. En el contrato oneroso, el beneficio que recibe una parte tiene como contrapartida el sacrificio que realiza (ej. la compraventa). Se opone a los actos gratuitos o lucrativos (como la donación), donde una de las partes se enriquece sin coste alguno.

Oposición (Escrito de Oposición)

Acto procesal por el cual el demandado manifiesta su desacuerdo con las pretensiones de quien interpone una demanda o una ejecución. En procesos como el **juicio monitorio**, el escrito de oposición es crucial para paralizar el despacho de ejecución y transformar el procedimiento en un juicio declarativo donde se puedan practicar pruebas y alegatos de defensa.

Orden Público

Conjunto de principios jurídicos, sociales, económicos y morales que se consideran esenciales para la estructura de la sociedad y que el Estado protege por encima de la autonomía de la voluntad privada. Las normas de orden público son imperativas; es decir, las partes no pueden pactar en contra de ellas. Un ejemplo claro son las normas que protegen los derechos fundamentales o las cláusulas abusivas en contratos con consumidores.

Otorgamiento

Fase culminante de un negocio jurídico en la que las partes manifiestan formalmente su consentimiento ante un fedatario público (Notario). En el otorgamiento de una escritura, el Notario lee el documento, se asegura de que los comparecientes comprenden sus efectos legales y estos proceden a la firma. Es el acto que otorga fe pública y seguridad jurídica al instrumento redactado.

Otrosí

Expresión técnica utilizada en los escritos forenses (demandas, recursos) para añadir peticiones adicionales a la solicitud principal (el «Suplico»). Se utiliza para solicitar medidas cautelares, proponer medios de prueba o designar domicilio para notificaciones. Cada otrosí debe estar numerado (Primer Otrosí, Segundo Otrosí) para que el Tribunal los resuelva de manera individualizada.

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