Tramitar una incapacidad laboral exige reunir mucha documentación y seguir varias fases bien diferenciadas, desde la valoración inicial hasta, en muchos casos, la vía judicial. Estas son las claves del proceso.
Qué información hace falta reunir
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Es necesario reunir vida laboral, bases de cotización, contratos, nóminas e informes médicos, y detallar con precisión qué limitaciones concretas genera la dolencia tanto en el trabajo como en la vida diaria de la persona afectada.
Valorar la viabilidad jurídica
El primer paso es estudiar la viabilidad jurídica de la incapacidad: si hay falta de cotizaciones o de la alta precisa, conviene valorar las posibilidades de cubrir esa carencia antes de seguir adelante.
También conviene calcular la posible prestación económica, un dato de trascendental importancia porque, en ocasiones, la persona afectada no puede permitirse una reducción de ingresos, por lo que hay que estudiar alternativas.
Una vez valorado lo anterior, se analiza el fundamento médico de una posible incapacidad, o las opciones que, por edad, puedan corresponder, como la jubilación.
El historial médico
Con frecuencia, el historial médico que aporta el paciente no está completo. En esos casos conviene dar pautas para completarlo -sin tergiversar las dolencias- para que los facultativos puedan ser más explícitos en sus informes. Puede resultar útil, además, contar con el asesoramiento de facultativos que puedan emitir informes y ratificarlos ante el juzgado si es necesario, aunque conviene recurrir a ello solo cuando resulte imprescindible.
El registro diario de síntomas
Un paso habitual, y necesario, es llevar un registro diario: durante al menos tres días seguidos conviene apuntar todo lo que se hace y se siente en ese periodo, desde que la persona se levanta hasta que se acuesta. Es un paso básico porque es muy difícil transmitir la subjetividad de una enfermedad -una misma dolencia puede afectar de forma muy distinta a cada persona- si no se conoce de primera mano.
Cubiertos esos pasos, se plantea el cuestionario para solicitar la incapacidad y se prepara el reconocimiento médico, incluyendo el dossier a presentar.
La vía administrativa y la vía judicial
Actualmente es muy complicado conseguir la incapacidad en un primer trámite administrativo. Por eso suele ser necesario presentar una reclamación previa ante la Seguridad Social -que casi nunca se estima- y, después, una demanda ante el Juzgado, que es la vía que suele prosperar, porque los jueces no están vinculados por la carencia de medios de la Seguridad Social, sino por la ley.
Qué más conviene revisar
El reconocimiento de la incapacidad no agota las consecuencias del caso. Si la persona afectada es autónoma, y dado que la declaración de incapacidad suele tener efectos retroactivos, conviene reclamar la devolución de las cuotas de Seguridad Social pagadas durante ese periodo, con sus intereses, valorando también si ha cotizado al Régimen General y qué beneficios puede obtener de esa cotización.
Sea autónoma o asalariada, conviene además revisar las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de los años afectados, para recuperar lo que no debería haberse pagado de haberse declarado la incapacidad en su momento.
Conviene revisar también el finiquito con la empresa, comprobando si la liquidación fue correcta y si el convenio colectivo aplicable prevé algún seguro que dé derecho a una indemnización por la situación.
Si se constata una negligencia médica en el tratamiento, cabe reclamarla para obtener el resarcimiento correspondiente. Y si el accidente de trabajo revela algún delito por parte de la empresa, cabe reclamar también por las secuelas sufridas.
Cada uno de estos pasos requiere valorar las circunstancias concretas del caso, por lo que conviene contar con asesoramiento legal especializado antes de iniciar el procedimiento.







