El expediente judicial abierto para investigar y juzgar un delito, término usado por la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Resumen rápido: La causa criminal es el procedimiento judicial abierto para investigar y, en su caso, juzgar un delito. La Ley de Enjuiciamiento Criminal usa la expresión, por ejemplo, en su artículo 114, al establecer que un pleito civil sobre el mismo hecho queda suspendido hasta que recaiga sentencia firme en la causa criminal.
Definición flash: Causa criminal es el expediente judicial para investigar y juzgar un delito. La LECrim (art. 114) suspende el pleito civil hasta su sentencia firme.
Etiqueta lingüística
De «causa», en el sentido procesal clásico de pleito o expediente judicial, y «criminal», relativo al delito. Es la expresión tradicional -de raíz decimonónica- que usa la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882 para lo que hoy también se denomina «procedimiento penal» o «proceso penal».
Definición técnica
El artículo 114 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que, promovido juicio criminal en averiguación de un delito, no podrá seguirse pleito sobre el mismo hecho, suspendiéndose el que hubiere, en el estado en que se hallare, hasta que recaiga sentencia firme en la causa criminal; añade que no es necesario para el ejercicio de la acción penal que haya precedido el de la civil originada del mismo delito. Es la base legal de la prioridad del proceso penal sobre el civil cuando ambos versan sobre el mismo hecho.
Aplicación práctica
Quien tenga pendiente una reclamación civil por unos hechos que además son constitutivos de delito debe tener presente que, conforme al artículo 114 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ese pleito civil queda en suspenso hasta que la causa criminal termine con sentencia firme, salvo las excepciones legalmente previstas para las cuestiones prejudiciales.
Contexto legal en España
La prioridad de la causa criminal sobre el pleito civil se regula en el Libro I, Título V, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882), artículo 114.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Causa civil
- La causa civil es el pleito que dirime derechos de naturaleza privada entre particulares; la causa criminal investiga y juzga un delito, y tiene prioridad temporal sobre el pleito civil que verse sobre el mismo hecho.
- Diligencias previas
- Las diligencias previas son la fase inicial de instrucción de una causa criminal en el procedimiento abreviado; la causa criminal es el concepto más amplio que engloba todo el procedimiento, desde su apertura hasta la sentencia firme.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 114 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que, promovido juicio criminal, no podrá seguirse pleito sobre el mismo hecho, «suspendiéndole si le hubiese... hasta que recaiga sentencia firme en la causa criminal».
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Preguntas frecuentes sobre causa criminal
¿Qué es una causa criminal?
El procedimiento judicial abierto para investigar y, en su caso, juzgar un delito; es la expresión que usa la Ley de Enjuiciamiento Criminal para lo que hoy también se llama proceso o procedimiento penal.
¿Qué pasa con un pleito civil si los mismos hechos son objeto de una causa criminal?
Queda suspendido hasta que la causa criminal termine con sentencia firme, conforme al artículo 114 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, salvo las excepciones sobre cuestiones prejudiciales.
¿Hace falta demandar primero en lo civil para poder acudir después a la vía penal?
No; el artículo 114 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal aclara expresamente que no es necesario que la acción civil haya precedido a la penal derivada del mismo delito.
Autoría y revisión editorial
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