Nota marginal

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 19-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El asiento registral breve que refleja circunstancias accesorias sin constituir una inscripción

Resumen rápido: La nota marginal es un asiento registral breve, extendido al margen de un asiento principal ya practicado -normalmente una inscripción-, que hace constar en el Registro de la Propiedad circunstancias accesorias o complementarias de un derecho ya inscrito, sin llegar a constituir por sí misma una inscripción nueva ni, por regla general, a producir los efectos plenos de la fe pública registral que sí despliega la inscripción.

Definición flash: El asiento breve, al margen de un asiento principal, que hace constar circunstancias accesorias sin constituir una inscripción nueva.

Etiqueta lingüística

«Marginal» procede del latín margo, «margen, borde»: se trata de una anotación que literalmente se extiende al margen del asiento principal al que se refiere, en el espacio destinado en el folio registral a estas menciones breves y accesorias.

Definición técnica

La Ley Hipotecaria recurre a la nota marginal en supuestos muy diversos: el artículo 23 dispone que el cumplimiento de las condiciones suspensivas, resolutorias o rescisorias de los actos o contratos inscritos se hará constar en el Registro, bien por medio de una nota marginal -si se consuma la adquisición del derecho-, bien por una nueva inscripción a favor de quien corresponda -si la resolución o rescisión llega a verificarse-. El artículo 9 permite que el titular inscrito inste al registrador que, por nota marginal, se hagan constar las circunstancias de un domicilio o de una dirección electrónica a efectos de notificaciones. Y el artículo 141 prevé que, en las hipotecas voluntarias constituidas por acto unilateral, la aceptación del beneficiario se haga constar en el Registro precisamente por nota marginal, cuyos efectos se retrotraen a la fecha de constitución de la hipoteca. No existe en la Ley Hipotecaria un artículo único que defina con carácter general la nota marginal como categoría de asiento: su régimen resulta de la suma de los distintos preceptos que la habilitan para cada supuesto concreto.

Aplicación práctica

En la práctica registral, la nota marginal cumple una función informativa y de publicidad de circunstancias que no alteran la titularidad ni el contenido esencial del derecho inscrito, pero que resultan relevantes para terceros que consulten el Registro -por ejemplo, que se ha expedido una certificación de cargas en un procedimiento de ejecución hipotecaria, lo que determina el momento a partir del cual los titulares posteriores quedan afectados por dicho procedimiento-, y a diferencia de la inscripción, muchas notas marginales tienen un carácter temporal o caducan por el transcurso de un plazo determinado.

Qué no es / diferencias clave

Inscripción
La inscripción es el asiento principal que da fe, con plenos efectos frente a terceros, de la titularidad o constitución de un derecho real; la nota marginal es un asiento accesorio y complementario, referido siempre a un asiento principal ya existente, que en muchos casos no goza de los mismos efectos ni de la misma permanencia.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 23 de la Ley Hipotecaria dispone que el cumplimiento de condiciones suspensivas, resolutorias o rescisorias de los actos inscritos «se hará constar en el Registro, bien por medio de una nota marginal, si se consuma la adquisición del derecho, bien por una nueva inscripción... si la resolución o rescisión llega a verificarse».

Preguntas frecuentes sobre nota marginal

¿Qué es una nota marginal en el Registro de la Propiedad?

Un asiento breve, extendido al margen de un asiento principal, que refleja circunstancias accesorias de un derecho ya inscrito, sin constituir una inscripción nueva.

¿Tiene los mismos efectos que una inscripción?

No siempre. Muchas notas marginales tienen carácter informativo o temporal, y no despliegan por sí solas los plenos efectos de fe pública registral de la inscripción.

¿En qué casos se usa la nota marginal?

Entre otros, para constatar el cumplimiento de condiciones de un acto inscrito, hacer constar un domicilio a efectos de notificaciones, o reflejar la expedición de una certificación de cargas en un procedimiento de ejecución.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Nota marginal. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/nota-marginal/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 19-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 9 LH

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de derecho civil

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?