Diligencia de reconocimiento del presunto autor de un delito en fila
Resumen rápido: La rueda de presos, o diligencia de reconocimiento en rueda, es el acto procesal por el que se pone al presunto autor de un delito a la vista de un testigo, junto con otras personas de circunstancias exteriores semejantes, para que este señale, si puede, a quien reconoce como autor de los hechos.
Definición flash: Diligencia que pone al testigo ante la persona a reconocer y otras de aspecto semejante para que la designe si la identifica (art. 369 LECrim).
Etiqueta lingüística
Compuesto de «rueda» (formación circular o en línea de personas) y «presos» (personas privadas de libertad), aludiendo a la disposición física tradicional de la diligencia.
Definición técnica
El art. 369 LECrim regula la diligencia: se practicará poniendo a la vista del testigo, junto con la persona que se trate de identificar, otras de circunstancias exteriores semejantes, invitando a aquel a que la reconozca y a que manifieste si se encuentra entre las presentadas la persona a la que hubiera hecho referencia en sus declaraciones. El reconocimiento puede hacerse a presencia de todos o desde un punto en que el que reconoce no pueda ser visto, según el juez estime más conveniente, y en la diligencia se hacen constar todas las circunstancias del acto y los nombres de quienes formaron la rueda. La identificación mediante fotografías no está regulada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Aplicación práctica
La defensa debe vigilar que las personas de comparación tengan efectivamente rasgos exteriores semejantes al investigado: una rueda mal compuesta (por ejemplo, con un único individuo que encaja con la descripción previa dada por el testigo) es un vicio que puede invalidar el reconocimiento como prueba de cargo.
Contexto legal en España
Ley de Enjuiciamiento Criminal, art. 369 (diligencia de reconocimiento en rueda).
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Reconocimiento fotográfico
- El reconocimiento fotográfico se practica sobre imágenes cuando no es posible la rueda personal; tiene menor valor probatorio autónomo y suele exigir posterior ratificación mediante rueda si el sospechoso es hallado.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El art. 369 LECrim exige que las personas puestas junto al investigado tengan circunstancias exteriores semejantes a las suyas, y que en la diligencia consten los nombres de todos los que formaron la rueda o grupo.
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Preguntas frecuentes sobre rueda de presos
¿Un reconocimiento en rueda mal practicado invalida automáticamente la condena?
No de forma automática, pero debilita gravemente su valor probatorio; los tribunales exigen valorarlo junto con el resto de la prueba y pueden excluirlo si se acredita una composición defectuosa de la rueda.
Autoría y revisión editorial
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