Sobre Administración y Abogados

Administradores de fincas y abogados en Hortaleza, con oficina desde 1983

Administración y Abogados atiende en la calle Carril del Conde, 106, local, 28043 Madrid, en el distrito de Hortaleza, y su teléfono es el 645 03 15 92. Según su propia web, abrieron en 1983 para administrar comunidades de propietarios, y sobre esa base han añadido después servicio jurídico e inmobiliario.

Conviene decir con precisión de dónde vienen, porque explica el perfil: son administradores de fincas que también llevan asuntos jurídicos, no un despacho que además administra. Para un asunto de comunidad de propietarios eso es una ventaja real; para un asunto penal o laboral, conviene preguntar directamente si lo llevan.

Qué servicios declaran

  • Administración de fincas: comunidades y mancomunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
  • Gestión de herencias, que presentan como gestión integral.
  • Inmobiliaria: compraventa y alquiler.
  • Consulta legal general.

🚨 Lo que conviene saber si el asunto es de su comunidad de propietarios

Es la materia central de este despacho y la que más preguntas genera, así que va con detalle. Lo que decide un conflicto de comunidad es el acta, y casi nunca el argumento. Lo que se mira es: quién convocó, con qué orden del día, qué mayoría se alcanzó y si se notificó correctamente a todos los propietarios, también a los ausentes.

  • No todos los acuerdos exigen la misma mayoría. Hay asuntos que se deciden por mayoría simple y otros que requieren mayorías reforzadas o incluso unanimidad, según lo que se acuerde. Un acuerdo adoptado con la mayoría equivocada es impugnable.
  • Impugnar tiene plazo y motivos tasados. No basta estar en desacuerdo: hay que encajar en un motivo y hacerlo dentro de plazo. Dejarlo pasar convierte un acuerdo discutible en firme.
  • Quien debe cuotas vencidas puede tener limitado el derecho de voto. Es la sorpresa más frecuente en la junta: el propietario que viene a discutir descubre que no puede votar.
  • La derrama y el fondo de reserva. La comunidad debe dotar un fondo de reserva y las obras necesarias no dependen de que a cada uno le convengan. Lo que conviene mirar es si la obra es necesaria o una mejora, porque el régimen no es el mismo.
  • Las cuotas impagadas se reclaman por un procedimiento específico y ágil, basado en la certificación del acuerdo de liquidación de deuda. Para la comunidad, eso significa que llevar las actas bien es lo que permite cobrar.

Regla práctica para el propietario: pida siempre el acta por escrito y compruebe la fecha de notificación, porque de ahí cuelga todo lo demás.

Lo que conviene saber de las otras materias

Si es una herencia

El orden evita los problemas caros: testamento, herederos, inventario de bienes y deudas, reparto e impuestos. Aceptar sin conocer las deudas puede salir carísimo: existe la aceptación a beneficio de inventario, que limita la responsabilidad a lo que la herencia alcance y tiene plazo. Y hay dos impuestos que la gente confunde: el de Sucesiones, que corre desde el fallecimiento, y la plusvalía municipal si hay inmueble, que tiene su propio plazo en el ayuntamiento.

Si es una compraventa de vivienda

Lo que evita disgustos es lo que se comprueba antes de firmar, y son cuatro cosas concretas: la nota simple del Registro —titular, cargas, hipotecas, embargos—, que la descripción coincida con la realidad, el certificado de estar al corriente con la comunidad (porque las deudas de la comunidad pueden seguir al inmueble) y el estado de suministros. Y si hay señal o arras, conviene saber de qué tipo son, porque de eso depende qué ocurre si una de las partes se echa atrás.

Si es un alquiler

Lo que decide es el contrato y las fechas: la duración y cómo se prorroga, la fianza y las garantías adicionales, quién paga qué suministros, y el régimen de obras. Y una advertencia que ahorra pleitos: el inventario con fotos al entrar y al salir es lo que evita la discusión por la fianza.

Preguntas frecuentes

Dónde está la oficina?

En la calle Carril del Conde, 106, local, 28043 Madrid, en Hortaleza. No consta el horario, así que conviene preguntarlo al llamar al 645 03 15 92.

Son abogados o administradores de fincas?

Las dos cosas, según su web: nacieron en 1983 como administradores de fincas y han añadido después servicio jurídico e inmobiliario. Conviene preguntar quién lleva la parte jurídica de su asunto.

Su web menciona un colegio profesional: acredita algo sobre los abogados?

No, y conviene no confundirlo. Esa mención no se refiere al colegio de la abogacía, sino al de administradores de fincas, que es un colegio profesional distinto y con otros requisitos. Son dos cosas separadas, y aquí no afirmamos ninguna inscripción colegial de letrados: su web no publica nombres ni números de inscripción.

Pueden llevar el pleito de mi comunidad además de administrarla?

Es la pregunta exacta que conviene hacer, porque administrar y pleitear son servicios distintos y se facturan aparte. Conviene preguntar también qué ocurre si el conflicto es entre propietarios de una comunidad que ellos administran.

Cuánto cuesta la primera consulta?

No consta ni el importe ni si es gratuita, aunque su web repite «sin compromiso». Conviene preguntarlo y pedir el presupuesto por escrito antes de empezar.

Mi comunidad aprobó una derrama y no estoy de acuerdo: puedo hacer algo?

Depende del motivo y de la fecha: impugnar un acuerdo de junta tiene plazo y motivos concretos. Lo primero es conseguir el acta por escrito y comprobar la mayoría con la que se aprobó y si la notificación fue correcta. Y no dejar pasar el plazo mientras se decide.

Cómo usar esta ficha

Esta página reúne lo que la firma hace público en su web, leída el 20 de octubre de 2026, y lo que conviene saber de las materias que declara. No afirmamos la inscripción colegial de ningún letrado: la mención que hace su web no corresponde al colegio de la abogacía, sino al de administradores de fincas, que es otro distinto. Si eres titular y quieres corregir o ampliar lo que figura aquí, puedes reclamar la ficha.

Esta descripción ha sido elaborada por nuestro equipo editorial a partir de fuentes públicas verificadas. Si eres responsable de este despacho, puedes reclamar la ficha para ampliarla o corregirla.

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