Artículo 528 CP
Vigente desde 7 de octubre de 1998
Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley Orgánica 7/1998, de 5 de octubre. Ref. BOE-A-1998-23133
Este artículo ha tenido 2 redacciones. La de arriba es la vigente.
- 7 de octubre de 1998norma de 1998 (BOE-A-1998-23133) (se abre en una pestaña nueva)
- 24 de mayo de 1996Redacción original de la norma
Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-1995-25444). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.