Artículo 151. Exclusiones del régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles IVA

Vigente desde 1 de enero de 2000

Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.

Texto vigente

(Derogado)

Se deroga por el art. 6.16 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1999-24786.

Se modifica por el art. 6.24 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1997-28053

Historial de redacciones

Este artículo ha tenido 3 redacciones. La de arriba es la vigente.

  1. 1 de enero de 2000Ley 55/1999, de 29 de diciembre (se abre en una pestaña nueva)
  2. 1 de enero de 1998Ley 66/1997, de 30 de diciembre (se abre en una pestaña nueva)
  3. 1 de enero de 1993Redacción original de la norma

Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-1992-28740). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.