Artículo 317. Preparación y adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada LCSP
Vigente desde 9 de marzo de 2018
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La preparación y adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada que concierten los poderes adjudicadores a que se refiere el presente Título se regirán por las normas establecidas en las Secciones 1.ª y 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro II de esta Ley.
Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-2017-12902). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.