Artículo 45 bis. Adecuación del procedimiento a los derechos fundamentales garantizados por la normativa europea LDC
Vigente desde 29 de abril de 2021
Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.
En los procedimientos regulados en esta ley y en su normativa de desarrollo se garantizará en todo momento el cumplimiento de los principios generales del Derecho de la Unión y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la legislación nacional que sea de aplicación.
Se añade por el art. 1.6 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2021-6872#ap
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