Artículo 7. Libertades de reunión y manifestación LO 4/2000

Vigente desde 13 de diciembre de 2009

Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.

Texto vigente

1. Los extranjeros tienen el derecho de reunión en las mismas condiciones que los españoles.

2. Los promotores de reuniones o manifestaciones en lugares de tránsito público darán comunicación previa a la autoridad competente con la antelación prevista en la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Reunión, la cual no podrá prohibirla o proponer su modificación sino por las causas previstas en dicha Ley.

Se modifica el apartado 1 por el art. único.9 de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-19949.

Se declara la inconstitucionalidad del apartado 1, con los efectos que se indican en el fundamento jurídico 17, por Sentencia del TC 236/2007, de 7 de noviembre. Ref. BOE-T-2007-21162.

En el mismo sentido se pronuncian:

Sentencia del TC 259/2007, de 19 de diciembre. Ref. BOE-T-2008-1083.

Sentencia del TC 260/2007, de 20 de diciembre. Ref. BOE-T-2008-1084.

Sentencia del TC 261/2007, de 20 de diciembre. Ref. BOE-T-2008-1085.

Sentencia del TC 262/2007, de 20 de diciembre. Ref. BOE-T-2008-1086.

Sentencia del TC 263/2007, de 20 de diciembre. Ref. BOE-T-2008-1087.

Sentencia del TC 264/2007, de 20 de diciembre. Ref. BOE-T-2008-1088.

Sentencia del TC 265/2007, de 20 de diciembre. Ref. BOE-T-2008-1089.

Se modifica el apartado 1 por el art. 1.5 de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.Ref. BOE-A-2000-23660.

Historial de redacciones

Este artículo ha tenido 4 redacciones. La de arriba es la vigente.

  1. 13 de diciembre de 2009norma de 2009 (BOE-A-2009-19949) (se abre en una pestaña nueva)
  2. 10 de diciembre de 2007norma de 2007 (BOE-A-2007-21162) (se abre en una pestaña nueva)
  3. 23 de enero de 2001Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre (se abre en una pestaña nueva)
  4. 1 de febrero de 2000Redacción original de la norma

Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-2000-544). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.