Artículo 323 LH
Vigente desde 1 de enero de 2004
Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.
Si la calificación fuere negativa o el registrador denegare la práctica de la inscripción de los títulos no calificados en plazo, se entenderá prorrogado automáticamente el asiento de presentación por un plazo de sesenta días contados desde la fecha de la última notificación a que se refiere el artículo anterior. De esta fecha se dejará constancia por nota al margen del asiento de presentación.
La duración de la prórroga y del plazo para interponer recurso gubernativo empezará a contar, en el caso de que se vuelva a presentar el título calificado durante la vigencia del asiento de presentación sin haberse subsanado los defectos en los términos resultantes de la nota de calificación, desde la notificación de ésta.
Vigente el asiento de presentación, el interesado o el Notario autorizante del título y, en su caso, la autoridad judicial o el funcionario que lo hubiere expedido, podrán solicitar dentro del plazo de sesenta días a que se refiere el párrafo anterior que se practique la anotación preventiva prevista en el artículo 42.9 de la Ley Hipotecaria.
Se añade el párrafo segundo por el art. 135.5 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-23936.
Se interpreta que se reenumera el párrafo segundo como tercero.
Se añade por el art. 102.2 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-24965.
Este artículo ha tenido 2 redacciones. La de arriba es la vigente.
- 1 de enero de 2004Ley 62/2003, de 30 de diciembre (se abre en una pestaña nueva)
- 1 de enero de 2002Ley 24/2001, de 27 de diciembre (se abre en una pestaña nueva)
Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-1946-2453). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.