Artículo 153. Valor de la solicitud de patente europea y de la patente europea Patentes

Vigente desde 1 de abril de 2017

Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.

Texto vigente

En las condiciones previstas en el CPE, la solicitud de patente europea a la que se haya concedido una fecha de presentación y la patente europea, tienen respectivamente el valor de un depósito nacional efectuado regularmente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas y el de una patente nacional.

Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-2015-8328). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.