Artículo 99. Normativa de aplicación TRLGDPD
Vigente desde 2 de abril de 2022
Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.
Las infracciones y sanciones en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado se regirán por lo dispuesto en el capítulo III, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en su normativa de desarrollo.
Se modifica por el art. único.6 de la Ley 6/2022, de 31 de marzo de 2022. Ref. BOE-A-2022-5140#au
Este artículo ha tenido 2 redacciones. La de arriba es la vigente.
- 2 de abril de 2022Ley 6/2022, de 31 de marzo (se abre en una pestaña nueva)
- 4 de diciembre de 2013Redacción original de la norma
Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-2013-12632). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.