Artículo 131. Cláusula de salvaguardia de los derechos de autor TRLPI
Vigente desde 1 de abril de 1998
Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.
Los otros derechos de propiedad intelectual reconocidos en este Libro II se entenderán sin perjuicio de los que correspondan a los autores.
Se modifica por el art. 6.2 de la Ley 5/1998, de 6 de marzo. Ref. BOE-A-1998-5568.
Este artículo ha tenido 2 redacciones. La de arriba es la vigente.
- 1 de abril de 1998norma de 1998 (BOE-A-1998-5568) (se abre en una pestaña nueva)
- 23 de abril de 1996Redacción original de la norma
Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-1996-8930). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.