Cláusula de conciencia

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 1-sep-2026 contra el BOE

Actualizado el

Derecho del periodista a rescindir su contrato con indemnización cuando la línea editorial de su medio cambia sustancialmente

Resumen rápido: La cláusula de conciencia es el derecho, de reconocimiento constitucional, que permite al periodista rescindir su relación laboral con el medio de comunicación en el que trabaja cuando se produce un cambio sustancial en su orientación informativa o línea ideológica que resulta incompatible con sus convicciones profesionales.

Definición flash: Derecho constitucional del periodista a dejar su medio con indemnización si la línea editorial cambia y choca con su ética profesional.

Etiqueta lingüística

La cláusula de conciencia es una de las escasas instituciones laborales que la propia Constitución menciona por su nombre técnico exacto, junto al secreto profesional, dentro del mismo precepto dedicado a las libertades de expresión e información; ambas figuras comparten la finalidad de proteger la independencia profesional de quienes trabajan informando, aunque operan de forma distinta: el secreto profesional protege las fuentes, la cláusula de conciencia protege la posibilidad de desvincularse del medio sin asumir el coste de una dimisión ordinaria.

Definición técnica

El artículo 20.1 de la Constitución reconoce y protege, en su letra a), el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones, y en su letra d), el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión, añadiendo a continuación que «la ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades». Esta remisión expresa a un desarrollo legal posterior sitúa la cláusula de conciencia entre las garantías instrumentales de la libertad de información, reconociéndola como derecho de configuración legal cuyo contenido esencial, no obstante, ya viene predeterminado por el propio texto constitucional: permitir al profesional de la información desvincularse de su medio sin las consecuencias jurídicas ordinarias de una dimisión, cuando el cambio en la orientación editorial del medio resulte incompatible con su libertad ideológica y profesional.

Aplicación práctica

Si trabajas como periodista y el medio para el que trabajas cambia de forma sustancial su orientación editorial o ideológica de un modo que entra en conflicto con tus convicciones profesionales, la cláusula de conciencia reconocida en el artículo 20.1.d) de la Constitución te permite rescindir tu relación laboral en condiciones más favorables que una dimisión voluntaria ordinaria, en los términos que desarrolle la legislación específica aplicable a tu relación laboral.

Qué no es / diferencias clave

Secreto profesional
La CLÁUSULA DE CONCIENCIA (art. 20.1.d CE) permite al periodista RESCINDIR su relación laboral con el medio en condiciones favorables cuando cambia su línea editorial. El SECRETO PROFESIONAL, reconocido en el mismo precepto constitucional, protege la NEGATIVA del periodista a revelar sus fuentes de información, una garantía distinta que no afecta a la continuidad de su relación laboral.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 20.1.d) de la Constitución menciona expresamente la cláusula de conciencia por su nombre técnico, remitiendo su desarrollo a la ley, lo que la convierte en una de las pocas instituciones de configuración legal cuyo reconocimiento como derecho encuentra, sin embargo, anclaje directo en el propio texto constitucional.

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Preguntas frecuentes sobre cláusula de conciencia

¿Dónde reconoce la Constitución la cláusula de conciencia?

En el artículo 20.1.d), que tras reconocer el derecho a comunicar y recibir información veraz, remite a la ley la regulación del derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional.

¿Cuándo puede ejercer un periodista la cláusula de conciencia?

Cuando se produce un cambio sustancial en la orientación informativa o línea ideológica del medio que resulta incompatible con sus convicciones profesionales, permitiéndole rescindir su relación laboral en condiciones más favorables que una dimisión ordinaria.

¿Es lo mismo la cláusula de conciencia que el secreto profesional del periodista?

No. La cláusula de conciencia permite rescindir la relación laboral con el medio; el secreto profesional protege la negativa a revelar las fuentes de información, aunque ambas figuras se reconocen en el mismo artículo 20.1.d) de la Constitución.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Cláusula de conciencia. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/clausula-de-conciencia/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 1-sep-2026.

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