El informe preceptivo y determinante con el que el órgano ambiental concluye la evaluación ambiental de un plan o programa, en un plazo de cuatro meses desde el expediente completo
Resumen rápido: La declaración ambiental estratégica es el informe preceptivo y determinante que el órgano ambiental formula, una vez finalizado el análisis técnico del expediente, en el plazo de cuatro meses desde la recepción del expediente completo, para concluir la evaluación ambiental estratégica de un plan o programa.
Definición flash: Declaración ambiental estratégica: informe preceptivo y determinante que concluye la evaluación ambiental de un plan o programa, en un plazo de cuatro meses desde el expediente completo.
Etiqueta lingüística
El adjetivo "estratégica" distingue esta figura de la declaración de impacto ambiental "ordinaria": mientras esta última evalúa proyectos concretos, la evaluación ambiental estratégica -y su declaración correspondiente- se aplica a planes y programas, instrumentos de planificación de nivel superior y alcance más general que los proyectos individuales.
Definición técnica
El artículo 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, dispone en su apartado 1 que el órgano ambiental formulará la declaración ambiental estratégica "en el plazo de cuatro meses contados desde la recepción del expediente completo". El apartado 2 le atribuye "la naturaleza de informe preceptivo, determinante", exigiendo que contenga una exposición de los hechos que resuma los principales hitos del procedimiento -resultados de la información pública, de las consultas, y en su caso de las consultas transfronterizas-, así como las determinaciones, medidas o condiciones finales que deban incorporarse en el plan o programa que finalmente se apruebe. El apartado 3 exige su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" o diario oficial correspondiente dentro de los diez días hábiles siguientes a su formulación.
Aplicación práctica
El plazo legal de cuatro meses para formular la declaración ambiental estratégica opera como garantía de agilidad frente a procedimientos de planificación que, sin ese límite temporal, podrían dilatarse indefinidamente en su fase ambiental. Al igual que ocurre con la declaración de impacto ambiental para proyectos, su carácter "determinante" vincula al órgano que finalmente aprueba el plan o programa: las condiciones y determinaciones fijadas en la declaración deben incorporarse efectivamente al instrumento de planificación aprobado, no son meras recomendaciones orientativas.
Contexto legal en España
La declaración ambiental estratégica se regula en el artículo 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Declaración de impacto ambiental
- La declaración de impacto ambiental (artículo 41 de la misma ley) concluye la evaluación de proyectos concretos; la declaración ambiental estratégica concluye la evaluación de planes y programas de planificación, un objeto de evaluación distinto y de alcance más general.
- Informe ambiental estratégico
- El informe ambiental estratégico (artículo 31 de la misma ley) es el instrumento equivalente para la evaluación ambiental estratégica simplificada, de tramitación más ágil que la ordinaria, a la que corresponde la declaración ambiental estratégica.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 25.1 de la Ley de Evaluación Ambiental fija un plazo máximo de cuatro meses desde la recepción del expediente completo para formular la declaración ambiental estratégica, un límite temporal que confirma la voluntad legislativa de que la evaluación ambiental de planes y programas no se convierta en un obstáculo indefinido a la actividad planificadora de las Administraciones.
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Preguntas frecuentes sobre declaración ambiental estratégica
¿Qué es la declaración ambiental estratégica?
El informe preceptivo y determinante con el que el órgano ambiental concluye la evaluación ambiental estratégica de un plan o programa, según el artículo 25 de la Ley de Evaluación Ambiental.
¿En qué plazo debe formularse la declaración ambiental estratégica?
En el plazo de cuatro meses desde la recepción del expediente completo, según el artículo 25.1 de la Ley de Evaluación Ambiental.
¿Dónde se publica la declaración ambiental estratégica?
En el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente, dentro de los diez días hábiles siguientes a su formulación, según el artículo 25.3 de la Ley de Evaluación Ambiental.
Autoría y revisión editorial
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