Activo circulante

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 18-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Los elementos del patrimonio que la empresa espera vender, consumir o realizar en el ciclo normal de explotación

Resumen rápido: El activo circulante, también llamado activo corriente, es la parte del activo del balance que comprende los elementos del patrimonio que la empresa espera vender, consumir o realizar en el transcurso del ciclo normal de explotación, según el artículo 35 del Código de Comercio, por oposición al activo fijo o no corriente, destinado a permanecer en la empresa de forma duradera.

Definición flash: Activo circulante: bienes que la empresa espera vender, consumir o realizar en su ciclo normal de explotación (art. 35 CCom).

Etiqueta lingüística

«Circulante» viene del latín circulare: lo que da vueltas, lo que rota. Se aplica al activo que «circula» dentro del ciclo de explotación de la empresa -se compra, se transforma, se vende, se cobra-, por oposición al activo fijo, que permanece.

Definición técnica

El artículo 35.1 del Código de Comercio exige que el balance separe el activo fijo o no corriente del activo circulante o corriente, y define este último como el que «comprenderá los elementos del patrimonio que se espera vender, consumir o realizar en el transcurso del ciclo normal de explotación», así como, con carácter general, las partidas cuyo vencimiento, enajenación o realización se espera que se produzca en un plazo máximo de un año contado desde la fecha de cierre del ejercicio. La adscripción de cada elemento del activo se realiza en función de su afectación, no de su naturaleza.

Aplicación práctica

Son activo circulante, entre otras partidas, las existencias, los clientes y deudores comerciales, las inversiones financieras a corto plazo y el efectivo en caja y bancos: todo lo que la empresa prevé convertir en liquidez dentro de su ciclo normal de explotación o en el plazo de un año.

Qué no es / diferencias clave

Activo fijo
El activo fijo -hoy llamado activo no corriente- son los bienes que la empresa destina a servir de forma duradera en su actividad, como edificios o maquinaria; el activo circulante son los que se espera vender, consumir o realizar dentro del ciclo normal de explotación o en el plazo de un año. La frontera la marca el destino económico del bien, no su valor ni su naturaleza física.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 35 del Código de Comercio fija en un año, contado desde el cierre del ejercicio, el plazo de referencia para clasificar como circulante cualquier partida cuyo vencimiento, enajenación o realización no derive directamente del ciclo de explotación.

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Preguntas frecuentes sobre activo circulante

¿Qué es el activo circulante según el Código de Comercio?

Según el artículo 35.1 del Código de Comercio, son los elementos del patrimonio que la empresa espera vender, consumir o realizar en el transcurso de su ciclo normal de explotación.

¿Qué diferencia hay entre activo circulante y activo fijo?

El activo circulante rota dentro del ciclo de explotación -existencias, clientes, tesorería-; el activo fijo permanece de forma duradera en la empresa -edificios, maquinaria, participaciones a largo plazo. La clasificación depende de la afectación del bien, no de su naturaleza.

¿Sigue usándose el término «activo circulante» en la contabilidad actual?

El Código de Comercio lo mantiene como sinónimo de «activo corriente», que es la denominación que emplea el Plan General de Contabilidad vigente en los modelos normalizados de balance.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Activo circulante. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/activo-circulante/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 18-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 35 Ccom

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