Resumen rápido: Propiedades compartidas por varias personas sin que exista una división física de sus partes.
Un bien indiviso es aquel que pertenece proindiviso a varias personas, de modo que ninguna de ellas tiene una parte física concreta, sino una cuota intelectual o porcentaje sobre el total. Es la situación típica de una Comunidad de Bienes o una herencia antes de ser repartida.
Reglas de la indivisión:
- Uso: Cada copropietario puede usar el bien sin impedir el uso de los demás.
- Gastos: Se pagan en proporción a la cuota de cada uno.
- Extinción: "Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad" (art. 400 CC). Cualquier copropietario puede pedir en cualquier tiempo la división de la cosa común, acción que la doctrina identifica con la histórica actio communi dividundo.
Se regula en el artículo 392 del Código Civil.
Área jurídica relacionada
Este concepto se enmarca en Herencias y Sucesiones. Consulta despachos especializados en esta materia.
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