La variabilidad de organismos vivos de cualquier origen -entre especies, dentro de cada especie y de los ecosistemas- que la Ley 42/2007 obliga a conservar como patrimonio natural
Resumen rápido: La biodiversidad o diversidad biológica es, conforme al artículo 3.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la variabilidad de los organismos vivos de cualquier fuente, incluidos los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte, comprendiendo la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los propios ecosistemas.
Definición flash: Biodiversidad: variabilidad de organismos vivos de cualquier origen -entre especies, dentro de cada especie y de los ecosistemas-, según la Ley 42/2007.
Etiqueta lingüística
La ley trata "biodiversidad" y "diversidad biológica" como sinónimos exactos -el propio artículo 3.3 los define con una sola entrada-, aunque en el lenguaje corriente "biodiversidad" se haya impuesto como forma abreviada frente al término técnico completo.
Definición técnica
El artículo 3.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad recoge la definición legal citada. El artículo 2 enumera los principios que inspiran la ley, entre ellos el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, la conservación y restauración de la biodiversidad y la geodiversidad, la prevalencia de la protección ambiental sobre la ordenación territorial y urbanística en los supuestos que la propia ley determina, y la prevención de los problemas derivados del cambio climático. Por el artículo 149.1.23.ª de la Constitución, la legislación básica sobre protección del medio ambiente corresponde al Estado, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas establezcan normas adicionales de protección.
Aplicación práctica
La ley traduce el deber de conservar la biodiversidad en instrumentos concretos: el Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el Catálogo Español de Especies Amenazadas, la Red de Áreas Protegidas -incluida la Red Natura 2000 de origen europeo- y la evaluación ambiental previa de planes y proyectos que puedan afectar a hábitats o especies protegidas. Para una empresa promotora, el efecto práctico más frecuente es la necesidad de una evaluación de impacto ambiental cuando un proyecto afecta a un espacio de la Red Natura 2000 u otro espacio protegido.
Contexto legal en España
La Ley 42/2007 sustituyó a la anterior Ley 4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, y constituye hoy el marco básico estatal de conservación de la biodiversidad, desarrollado por la normativa autonómica y por los reglamentos de cada espacio protegido.
Normas clave a tener en cuenta
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, artículo 3.3 (definición de biodiversidad)
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, artículo 2 (principios)
- Constitución Española, artículo 149.1.23.ª (legislación básica de medio ambiente)
Qué no es / diferencias clave
- Delitos contra el medio ambiente
- La Ley 42/2007 es la norma administrativa de conservación -clasifica, cataloga y protege preventivamente-; los delitos contra el medio ambiente del Código Penal sancionan penalmente las conductas que causan un daño grave al medio ambiente o a especies protegidas, una respuesta distinta y de última instancia.
- Cambio climático
- La biodiversidad es la variedad de vida en sí misma; el cambio climático es un factor de presión sobre esa variedad, expresamente reconocido como tal en el artículo 2.i de la Ley 42/2007, pero regulado de forma específica por la Ley 7/2021.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 2.f de la Ley 42/2007 formula un principio poco frecuente en otras leyes sectoriales: la prevalencia de la protección ambiental sobre la ordenación territorial y urbanística en los supuestos básicos que la propia ley determina, lo que condiciona el planeamiento urbanístico municipal cuando afecta a espacios o especies protegidos.
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Preguntas frecuentes sobre biodiversidad
¿Qué es la biodiversidad según la ley española?
Según el artículo 3.3 de la Ley 42/2007, la variabilidad de los organismos vivos de cualquier fuente, comprendiendo la diversidad dentro de cada especie, entre especies y de los ecosistemas.
¿Quién tiene competencia sobre la protección de la biodiversidad en España?
El Estado dicta la legislación básica sobre protección del medio ambiente (artículo 149.1.23.ª CE) y las Comunidades Autónomas pueden añadir normas adicionales de protección, nunca rebajar el nivel básico estatal.
¿Qué instrumentos protegen la biodiversidad en España?
Entre otros, el Catálogo Español de Especies Amenazadas, la Red de Áreas Protegidas -incluida la Red Natura 2000- y la evaluación ambiental previa de proyectos que puedan afectarla.
¿Puede un proyecto urbanístico prevalecer sobre la protección de la biodiversidad?
No como regla general: el artículo 2.f de la Ley 42/2007 declara la prevalencia de la protección ambiental sobre la ordenación territorial y urbanística en los supuestos básicos que la propia ley determina.
Autoría y revisión editorial
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