Caza

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

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La actividad regulada para buscar, perseguir o dar muerte a especies definidas como piezas cinegéticas, hoy con competencia normativa asumida por cada Comunidad Autónoma

Resumen rápido: La caza es, conforme al artículo 2 de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza, la acción ejercida por el hombre mediante el uso de artes, armas o medios apropiados para buscar, atraer, perseguir o acosar a los animales definidos legalmente como piezas de caza, con el fin de darles muerte, apropiarse de ellos o facilitar su captura por un tercero; su regulación corresponde hoy, en lo sustancial, a las Comunidades Autónomas, que asumieron competencia exclusiva sobre la materia.

Definición flash: Caza: acción de buscar, perseguir o dar muerte a piezas cinegéticas con medios autorizados; hoy regulada sobre todo por cada Comunidad Autónoma.

Etiqueta lingüística

La ley no define la caza por el resultado -matar o capturar una pieza-, sino por la acción: basta buscar, atraer, perseguir o acosar con medios aptos para ello y con esa finalidad para que exista "acción de cazar" en sentido legal, aunque no se llegue a abatir ninguna pieza.

Definición técnica

El artículo 1 de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza fija como finalidad de la norma regular la protección, conservación y fomento de la riqueza cinegética nacional y su ordenado aprovechamiento en armonía con los distintos intereses afectados. El artículo 2 define la acción de cazar en los términos recogidos en la definición. Tras la Constitución de 1978, el artículo 148.1.11.ª permitió a las Comunidades Autónomas asumir competencia exclusiva sobre la caza, y todas ellas lo han hecho: hoy cada Comunidad Autónoma tiene su propia ley de caza, y la Ley 1/1970 opera, en lo que no haya sido sustituido, como derecho supletorio.

Aplicación práctica

En la práctica, cazar exige acreditar la licencia de caza correspondiente y el seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador, y hacerlo dentro de un terreno cinegético habilitado -coto privado o terreno de aprovechamiento común, según la clasificación de cada ley autonómica- y dentro de los periodos hábiles que fija cada año la orden de vedas correspondiente. Cazar sin licencia, fuera de los periodos hábiles o sobre especies protegidas puede constituir, según su gravedad, una infracción administrativa o un delito contra la fauna del Código Penal.

Qué no es / diferencias clave

Delito contra la fauna
La caza en sí es una actividad lícita si se ejerce con licencia, en terreno habilitado y dentro de los periodos hábiles; cazar especies protegidas, con medios masivos o no selectivos prohibidos, o de forma furtiva puede constituir un delito contra la fauna del Código Penal, una figura distinta y más grave que la simple infracción administrativa de caza.
Pesca
Aunque el artículo 148.1.11.ª CE las agrupa en la misma materia competencial, la caza y la pesca son actividades reguladas por normas distintas -de caza y de pesca fluvial o marítima, según el caso-, cada una con su propia licencia y sus propios periodos hábiles.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El propio artículo 148.1.11.ª CE agrupa en una sola materia competencial "la pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial": el constituyente trató estas cuatro actividades de aprovechamiento de recursos naturales como una unidad competencial transferible a las Comunidades Autónomas.

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Preguntas frecuentes sobre caza

¿Qué se considera legalmente "acción de cazar"?

Según el artículo 2 de la Ley 1/1970, buscar, atraer, perseguir o acosar animales definidos como piezas de caza con artes, armas o medios apropiados, con el fin de matarlos, apropiarse de ellos o facilitar su captura por un tercero.

¿Quién regula la caza en España, el Estado o las Comunidades Autónomas?

Las Comunidades Autónomas, que asumieron competencia exclusiva sobre caza al amparo del artículo 148.1.11.ª CE; la Ley 1/1970 estatal opera hoy como base histórica y derecho supletorio.

¿Qué se necesita para cazar legalmente?

Licencia de caza vigente, seguro obligatorio de responsabilidad civil, cazar en un terreno cinegético habilitado y respetar los periodos hábiles que fija cada año la orden de vedas autonómica.

¿Cazar sin licencia es delito o infracción administrativa?

Depende de la gravedad: por regla general es infracción administrativa, pero cazar especies protegidas o con medios masivos prohibidos puede constituir delito contra la fauna del Código Penal.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

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