Cheque certificado

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 10-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El cheque en el que el banco garantiza el pago desde antes de cobrarlo

Resumen rápido: El cheque certificado es aquel en el que el banco librado, a petición del librador o del tenedor, hace constar sobre el propio documento su conformidad, con lo que acredita la existencia de fondos suficientes y retiene la cantidad necesaria para asegurar el pago del cheque cuando se presente.

Definición flash: Cheque en el que el banco librado certifica que hay fondos suficientes y los retiene hasta el vencimiento del plazo fijado, para garantizar su cobro.

Etiqueta lingüística

«Certificado» procede del latín certus, cierto, seguro. Aplicado al cheque, expresa precisamente eso: la seguridad añadida de que el pago no dependerá de si hay fondos en el momento de presentarlo, porque el banco ya los ha comprobado y reservado de antemano.

Definición técnica

En sentido técnico, el artículo 110 de la Ley 19/1985, Cambiaria y del Cheque, regula esta figura: el librador o el tenedor de un cheque puede solicitar del banco librado que preste su conformidad al mismo. Cualquier mención de «certificación», «visado», «conforme» u otra semejante, firmada por el librado en el cheque, acredita la autenticidad de este y la existencia de fondos suficientes en la cuenta del librador. A partir de ese momento, el banco librado retiene la cantidad necesaria para el pago del cheque hasta el vencimiento del plazo fijado en la propia certificación o, en su defecto, del plazo general de presentación que fija la ley.

Aplicación práctica

En la práctica, la certificación de un cheque tiene dos efectos que conviene conocer. Primero, debe expresar la fecha en que se realiza. Segundo, y más importante, esa conformidad es irrevocable: una vez que el banco certifica el cheque y retiene los fondos, no puede desdecirse ni liberar esa cantidad para otro fin mientras esté en vigor el plazo fijado. Esto convierte al cheque certificado en un instrumento de pago con un grado de seguridad muy superior al de un cheque ordinario, útil en operaciones donde el beneficiario quiere una garantía real de cobro antes de entregar un bien o prestar un servicio a cambio.

Qué no es / diferencias clave

Cheque ordinario
El cheque ordinario no lleva ninguna garantía previa del banco: la existencia de fondos solo se comprueba al presentarlo al cobro. El cheque certificado ya tiene esos fondos comprobados y retenidos de antemano.
Cheque conformado por el propio librador
La certificación la presta el banco librado, no el librador del cheque: es una garantía de un tercero -la entidad bancaria-, no una simple declaración de quien emite el cheque.
Pagaré
El pagaré es una promesa de pago del propio firmante, sin intervención certificadora de un banco. El cheque certificado sigue siendo una orden de pago contra una cuenta, reforzada por la garantía bancaria.

Términos relacionados

La idea

Un cheque ordinario promete un pago, pero no garantiza que, al presentarlo, haya fondos suficientes en la cuenta. El cheque certificado resuelve esa incertidumbre: el banco comprueba los fondos por adelantado, los reserva, y deja constancia de ello en el propio documento.

Cómo se certifica un cheque

El artículo 110 de la Ley Cambiaria y del Cheque permite que lo solicite:

  • El librador del cheque
  • El tenedor del cheque

Dos efectos que conviene conocer

La certificación no es un trámite neutro: tiene dos consecuencias legales concretas.

  • Debe expresar la fecha en que se realiza
  • Es irrevocable: el banco no puede retirarla ni liberar los fondos retenidos antes del vencimiento del plazo

Dato de autoridad

Un dato que conviene tener presente y que la ley destaca de forma expresa: la conformidad del banco al certificar el cheque es irrevocable y debe expresar la fecha en que se presta. No es, por tanto, una simple anotación informativa que el banco pueda retirar si cambia de idea: una vez certificado, el banco queda obligado a mantener la retención de fondos durante el plazo fijado, precisamente para que la certificación cumpla su función de garantía real.

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Preguntas frecuentes sobre cheque certificado

¿Qué garantiza un cheque certificado?

Que el banco librado ha comprobado que hay fondos suficientes en la cuenta del librador y los ha retenido para asegurar el pago del cheque cuando se presente, dentro del plazo fijado en la certificación.

¿Quién puede pedir que se certifique un cheque?

Tanto el librador del cheque como su tenedor pueden solicitar al banco librado que preste su conformidad.

¿El banco puede retirar la certificación de un cheque?

No. El artículo 110 de la Ley Cambiaria y del Cheque establece que la conformidad es irrevocable una vez prestada.

¿Hasta cuándo retiene el banco los fondos de un cheque certificado?

Hasta el vencimiento del plazo fijado en la propia mención de certificación, o, si no se fijó ninguno, hasta el plazo general de presentación que establece la ley.

¿Es lo mismo un cheque certificado que un cheque bancario?

No necesariamente: el cheque certificado conserva al librador original y el banco solo añade su garantía sobre ese mismo documento, mientras que otras figuras -como el cheque bancario emitido directamente por la entidad- tienen un régimen distinto.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Cheque certificado. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/cheque-certificado/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 10-ago-2026.

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