La estipulación que denomina el préstamo hipotecario en una moneda extranjera, con el riesgo de tipo de cambio que ello traslada al prestatario
Resumen rápido: La cláusula multidivisa es la estipulación por la que un préstamo hipotecario se denomina y amortiza en una moneda extranjera en lugar de en euros, lo que traslada al prestatario el riesgo de que el capital pendiente, expresado en euros, aumente si la divisa elegida se aprecia frente al euro.
Definición flash: Cláusula multidivisa: denomina la hipoteca en moneda extranjera y traslada al deudor el riesgo de cambio; el art. 20 Ley 5/2019 permite convertirla.
Etiqueta lingüística
«Multidivisa» es un compuesto de «multi-» (del latín multus, «numeroso») y «divisa» (del francés devise, moneda extranjera de cambio): un préstamo que puede referenciarse a varias divisas distintas, normalmente con opción de cambiar de una a otra durante su vida.
Definición técnica
Técnicamente, en un préstamo multidivisa el capital pendiente no se amortiza en euros sino en la divisa pactada: cada cuota se convierte a euros al tipo de cambio vigente, de modo que una depreciación del euro frente a la divisa elegida puede hacer que la deuda pendiente en euros AUMENTE con el tiempo pese a haber pagado cuotas puntualmente, e incluso supere el capital inicialmente prestado. La jurisprudencia europea calificó esta cláusula como elemento esencial del contrato sujeto a un control de transparencia reforzado: la STJUE de 20 de septiembre de 2017 (asunto C-186/16, Andriciuc) exigió que el consumidor pueda evaluar las consecuencias económicas, potencialmente significativas, de una cláusula así sobre sus obligaciones financieras.
Aplicación práctica
Hoy, para préstamos nuevos, el artículo 20 de la Ley 5/2019 exige información periódica y reconoce el derecho de conversión a una moneda alternativa; para los préstamos antiguos, la vía de reclamación pasa por acreditar que la entidad no explicó de forma comprensible, antes de la firma, el riesgo de tipo de cambio y su potencial impacto en la deuda pendiente.
Contexto legal en España
El artículo 20 de la Ley 5/2019 regula hoy el préstamo en moneda extranjera con el derecho de conversión como eje de protección; la jurisprudencia del TJUE (STJUE 20-sep-2017, C-186/16) delimita el control de transparencia aplicable a los contratos anteriores a esa reforma.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Cláusula suelo
- La cláusula suelo limita a la baja el tipo de interés aplicable en una hipoteca en euros; la cláusula multidivisa afecta a la propia moneda en la que se calcula el capital pendiente, un riesgo distinto —el de tipo de cambio, no el de tipo de interés.
- Cobertura de tipo de cambio
- Un instrumento de cobertura (hedge) es un producto financiero separado que se contrata para limitar el riesgo de cambio; la cláusula multidivisa es la propia denominación del préstamo en divisa extranjera, sin cobertura salvo que se pacte expresamente.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 20.1 de la Ley 5/2019 reconoce al prestatario «derecho a convertir el préstamo a una moneda alternativa», que será «la moneda en que el prestatario perciba la mayor parte de los ingresos o tenga la mayoría de los activos» o «la moneda del Estado miembro en el que el prestatario fuera residente».
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Preguntas frecuentes sobre cláusula multidivisa
¿Qué es una cláusula multidivisa en una hipoteca?
La estipulación que denomina el préstamo en una moneda extranjera, de modo que el capital pendiente en euros varía según el tipo de cambio, en vez de mantenerse fijo como en una hipoteca convencional.
¿Por qué es arriesgada una hipoteca multidivisa?
Porque si la divisa elegida se aprecia frente al euro, la deuda pendiente en euros puede aumentar con el tiempo, e incluso superar el capital inicialmente prestado, pese a pagar las cuotas puntualmente.
¿Se puede anular una cláusula multidivisa?
Si el banco no explicó de forma comprensible, antes de la firma, el riesgo real de tipo de cambio, la cláusula no supera el control de transparencia que exige el Derecho de la Unión (STJUE de 20 de septiembre de 2017, asunto C-186/16), y el artículo 83 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios dispone que «las condiciones incorporadas de modo no transparente en los contratos en perjuicio de los consumidores serán nulas de pleno derecho».
¿Qué protección tienen hoy los préstamos hipotecarios en moneda extranjera?
El artículo 20 de la Ley 5/2019 reconoce al prestatario el derecho a convertir el préstamo a la moneda de sus ingresos o de su residencia, y exige información reforzada si la deuda se desvía más de un 20 %.
¿Qué pasa si el banco incumple las exigencias de la Ley 5/2019 en un préstamo en moneda extranjera?
El artículo 20.6 de la Ley 5/2019 dispone que el incumplimiento determina, en favor del prestatario consumidor, «la nulidad de las cláusulas multidivisa» y le permite solicitar que se considere que el préstamo fue concedido desde el principio en la moneda en la que percibiera la parte principal de sus ingresos.
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