Cuidado personal

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 19-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El nombre que usan Chile y Colombia para lo que en España es la guarda y custodia de los hijos

Resumen rápido: El cuidado personal es la denominación que usan Chile y Colombia, entre otros países, para referirse a la atribución de la convivencia habitual y el cuidado cotidiano de los hijos menores tras la ruptura de la pareja; en España, la institución equivalente es la guarda y custodia, regulada por el Código Civil.

Definición flash: Nombre chileno y colombiano de la atribución de convivencia y cuidado de los hijos tras la ruptura; en España es la guarda y custodia.

Etiqueta lingüística

Chile sustituyó en 2013 el antiguo término «tuición» -de connotación más autoritaria, ligada al viejo verbo «tuicionar»- por «cuidado personal», buscando una expresión centrada en el bienestar del menor; España, por su parte, nunca usó «tuición» y mantiene «guarda y custodia» como término técnico consolidado.

Definición técnica

En España, la atribución de la convivencia y el cuidado de los hijos menores tras la separación, divorcio o ruptura de la pareja se regula bajo la institución de la guarda y custodia -que puede ser exclusiva de uno de los progenitores o compartida entre ambos-, dentro del régimen general de la patria potestad del Código Civil, sin que el término «cuidado personal» tenga uso técnico en el ordenamiento español. Chile reformó su Código Civil en 2013 -Ley n.º 20.680- para sustituir la antigua «tuición» por «cuidado personal», estableciendo como regla general que corresponde a ambos padres de consuno, o a falta de acuerdo, según determine el juez atendiendo al interés superior del hijo; Colombia emplea una terminología semejante en su Código de la Infancia y la Adolescencia. Aunque los nombres difieren, la función es equivalente: determinar con quién convive habitualmente el menor y quién ejerce su cuidado cotidiano, sin perjuicio de que el otro progenitor conserve derechos de relación directa y regular -el «régimen de visitas»- y, en la mayoría de los sistemas, la cotitularidad de la patria potestad o autoridad parental para las decisiones más relevantes.

Aplicación práctica

Quien encuentre el término «cuidado personal» en resoluciones o legislación chilena o colombiana debe entenderlo como equivalente funcional de la «guarda y custodia» española: ambas instituciones resuelven la misma cuestión práctica -con quién vive el menor en el día a día tras la ruptura de sus progenitores- aunque los criterios legales concretos, los plazos y los procedimientos difieran entre ordenamientos.

Qué no es / diferencias clave

Guarda y custodia (España)
Es la institución española equivalente en función, ya existente como ficha propia en este diccionario, con su propio régimen de custodia exclusiva o compartida dentro del Código Civil español.
Patria potestad
La patria potestad -o autoridad parental, según el país- es el conjunto de derechos y deberes sobre el hijo que normalmente conservan ambos progenitores tras la ruptura; el cuidado personal o la guarda y custodia resuelven específicamente con quién convive el menor, una cuestión distinta aunque relacionada.

Términos relacionados

Dato de autoridad

La reforma chilena de 2013 no fue meramente terminológica: al sustituir «tuición» por «cuidado personal» y establecer como regla general el ejercicio conjunto por ambos padres salvo acuerdo o resolución judicial en contrario, alineó su legislación con la tendencia -presente también en la evolución española hacia la custodia compartida- de priorizar la corresponsabilidad parental frente al modelo tradicional de atribución exclusiva a un progenitor.

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Preguntas frecuentes sobre cuidado personal

¿«Cuidado personal» y «guarda y custodia» son lo mismo?

Cumplen la misma función -determinar con quién convive habitualmente el menor tras la ruptura de sus progenitores-, pero son términos de ordenamientos distintos: «cuidado personal» es el usado en Chile y Colombia, «guarda y custodia» es el término técnico español.

¿Por qué Chile cambió el término «tuición» por «cuidado personal»?

La reforma de 2013 buscó una denominación centrada en el bienestar del menor, alejada de la connotación más autoritaria del antiguo término «tuición», y aprovechó para establecer como regla general el ejercicio conjunto por ambos padres.

¿El otro progenitor pierde todos sus derechos si no tiene el cuidado personal o la custodia?

No. En España y en los sistemas comparados, el progenitor que no tiene la guarda habitual o el cuidado personal conserva normalmente un régimen de relación directa y regular con el menor, además de la cotitularidad de la patria potestad para las decisiones más relevantes.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Cuidado personal. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/cuidado-personal/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto 2026-08-20; muestreo cualitativo (cotejo CC 334/1266, LEC 23/31, LBRL 21, CP 13 verificados contra boe-cache), 19-ago-2026.

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