Defensor público

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 19-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El cuerpo de abogados de plantilla estatal que en Iberoamérica sustituye al turno de oficio español

Resumen rápido: El defensor público es, en la mayoría de los países iberoamericanos, un abogado integrado en un cuerpo o institución estatal permanente -la Defensoría Pública-, dedicado en exclusiva a la defensa gratuita de quienes no pueden costear un abogado; España no tiene ese modelo de cuerpo estatal, y cubre la misma necesidad mediante el turno de oficio, un sistema de designación rotatoria entre abogados privados colegiados.

Definición flash: Abogado de plantilla estatal dedicado en exclusiva a defender gratis a quien no puede pagar; España no tiene ese cuerpo y usa el turno de oficio.

Etiqueta lingüística

«Defensor público» describe, en el uso iberoamericano, tanto a la persona como, en sentido institucional, al cuerpo al que pertenece -la Defensoría Pública-; en España no existe esa denominación como institución, aunque «defensor» se use en otros contextos, como el defensor judicial o el Defensor del Pueblo.

Definición técnica

El modelo del defensor público, extendido en países como Argentina, Chile, Brasil o Costa Rica, consiste en un cuerpo de funcionarios o empleados públicos -abogados de plantilla, seleccionados por concurso u oposición, con dedicación exclusiva- integrados en una institución estatal autónoma, la Defensoría Pública, cuya única función es la defensa jurídica gratuita de quienes lo necesitan. España, en cambio, articula la gratuidad de la justicia mediante el sistema del turno de oficio: el artículo 119 de la Constitución Española garantiza la justicia gratuita a quien acredita insuficiencia de recursos, y esa garantía se ejecuta a través de abogados privados en ejercicio, colegiados, que se inscriben voluntariamente en el turno de su colegio de abogados y son designados de forma rotatoria para cada caso, sin ser funcionarios ni empleados públicos, y percibiendo del Estado una compensación económica por cada intervención, no un sueldo fijo. La diferencia de diseño institucional es notable: el defensor público iberoamericano tiene continuidad profesional exclusiva en la función, mientras que el abogado del turno de oficio español compagina esa función con su ejercicio profesional privado general.

Aplicación práctica

Quien busque en España el equivalente al «defensor público» de otros países debe dirigirse al turno de oficio de su colegio de abogados, solicitando la designación de abogado de oficio junto con el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita, un sistema que, aunque persigue el mismo fin de garantizar la defensa a quien no puede pagarla, tiene un diseño institucional distinto del cuerpo estatal permanente de otros países.

Qué no es / diferencias clave

Abogado de oficio
El abogado de oficio español es un profesional privado en ejercicio, inscrito voluntariamente en el turno de su colegio; el defensor público iberoamericano es un funcionario o empleado de un cuerpo estatal dedicado en exclusiva a esa función, sin ejercicio privado paralelo.
Defensor del Pueblo
El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos fundamentales frente a la Administración, una institución de supervisión, sin relación alguna con la defensa jurídica individual en procesos judiciales.

Términos relacionados

Dato de autoridad

La diferencia de modelo institucional no es solo terminológica: en España el turno de oficio depende de los colegios de abogados -corporaciones profesionales-, mientras que en los países con defensoría pública la institución suele depender directamente del Poder Judicial o del Ejecutivo, con presupuesto y plantilla propios.

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Preguntas frecuentes sobre defensor público

¿España tiene un cuerpo de defensores públicos como Argentina o Chile?

No. España cubre la misma necesidad de defensa gratuita mediante el turno de oficio, un sistema de designación rotatoria entre abogados privados colegiados, distinto de un cuerpo estatal permanente de funcionarios dedicados en exclusiva a esa función.

¿El abogado de oficio español cobra un sueldo del Estado?

No un sueldo fijo: percibe una compensación económica por cada intervención concreta, con cargo a los presupuestos públicos, mientras compagina esa función con su ejercicio profesional privado general.

¿Qué ventaja tiene el modelo de defensoría pública frente al turno de oficio?

La continuidad y especialización exclusiva del defensor público en la función, frente a la compatibilización del abogado de oficio español con su ejercicio privado; son diseños institucionales distintos para perseguir el mismo fin constitucional de garantizar la defensa.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Defensor público. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/defensor-publico/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto 2026-08-20; muestreo cualitativo (cotejo CC 334/1266, LEC 23/31, LBRL 21, CP 13 verificados contra boe-cache), 19-ago-2026.

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