Pretensión subsidiaria: significado

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 5-oct-2026 contra el BOE

Actualizado el

Qué significa Pretensión subsidiaria

La acción alternativa que se ejercita solo para el caso de que la principal no se estime

Resumen rápido: La pretensión subsidiaria es la acción que el demandante acumula a su pretensión principal, expresando que solo pide que se examine para el caso de que la principal no sea estimada, lo que permite acumular en una misma demanda acciones que, de otro modo, serían incompatibles entre sí. La regula el artículo 71.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Definición flash: Acción que el demandante acumula a la principal, aunque sean incompatibles, para que se examine solo si esta no se estima fundada (art. 71.4 LEC).

Etiqueta lingüística

«Subsidiaria», del latín subsidium (refuerzo, apoyo): la pretensión actúa como refuerzo o alternativa que solo entra en juego si falla la principal, no de forma simultánea a ella.

Definición técnica

La regla general del artículo 71.3 LEC prohíbe acumular acciones incompatibles entre sí -las que se excluyen mutuamente, de modo que elegir una impide el ejercicio de la otra-. El apartado 4 introduce la excepción: el actor puede acumular eventualmente acciones incompatibles, siempre que exprese cuál es la principal y cuál la subsidiaria, que solo se ejercita «para el solo evento de que la principal no se estime fundada». El tribunal debe pronunciarse primero sobre la pretensión principal, y solo entra a examinar la subsidiaria si desestima aquella.

Aplicación práctica

Un demandante que reclama el cumplimiento de un contrato puede acumular, con carácter subsidiario, una pretensión de resolución del mismo contrato con indemnización de daños, para el caso de que el tribunal considere que el cumplimiento ya no es posible: así evita tener que elegir de antemano entre ambas acciones, aunque en principio sean incompatibles.

Qué no es / diferencias clave

Acumulación objetiva ordinaria de acciones
En la acumulación ordinaria (art. 71.2 LEC) todas las acciones acumuladas se piden y se resuelven a la vez, y deben ser compatibles entre sí; en la subsidiaria, solo se examina la segunda acción si la primera es desestimada, lo que permite acumular acciones incluso incompatibles.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 71.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que «el actor podrá acumular eventualmente acciones entre sí incompatibles, con expresión de la acción principal y de aquella otra u otras que ejercita para el solo evento de que la principal no se estime fundada».

Preguntas frecuentes sobre pretensión subsidiaria

¿Qué es una pretensión subsidiaria?

La acción que se acumula a la principal para que el tribunal la examine solo si desestima la principal, conforme al artículo 71.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

¿Se pueden acumular acciones incompatibles entre sí?

Como regla general no (art. 71.3 LEC), salvo que se acumulen de forma subsidiaria o eventual, expresando cuál es la principal y cuál solo se ejercita si aquella no prospera (art. 71.4 LEC).

Autoría y revisión editorial

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Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Pretensión subsidiaria. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/pretension-subsidiaria/. Texto verificado contra el BOE el 5-oct-2026.

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