Prohibición de nuevas explotaciones de hidrocarburos

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 23-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Desde 2021, España no concede nuevos permisos para buscar o explotar petróleo o gas, incluido el fracking

Resumen rápido: La prohibición de nuevas explotaciones de hidrocarburos es la medida establecida por la Ley de cambio climático y transición energética por la que, desde su entrada en vigor, no se otorgan en el territorio nacional -incluidos el mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma continental- nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación de hidrocarburos ni concesiones de explotación, extendiéndose expresamente la prohibición a cualquier actividad de explotación de hidrocarburos que prevea el uso de la fracturación hidráulica de alto volumen.

Definición flash: Desde 2021, España no concede nuevos permisos para buscar o explotar petróleo o gas, incluido el fracking de alto volumen.

Etiqueta lingüística

La ley distingue con precisión los distintos títulos habilitantes del sector de hidrocarburos -autorizaciones de exploración, permisos de investigación, concesiones de explotación-, prohibiendo el otorgamiento de todos ellos «a partir de la entrada en vigor» de la ley: la prohibición opera hacia el futuro, sin afectar automáticamente a las concesiones ya otorgadas con anterioridad, que siguen su propio régimen hasta su extinción.

Definición técnica

El artículo 9.1 de la Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética, prohíbe, desde la entrada en vigor de la ley, otorgar en territorio nacional -incluidos mar territorial, zona económica exclusiva y plataforma continental- nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación de hidrocarburos o concesiones de explotación reguladas por la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos, y por el Real Decreto-ley 16/2017, sobre seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino. El propio apartado extiende la prohibición a cualquier actividad de explotación de hidrocarburos que prevea la utilización de la fracturación hidráulica de alto volumen -el conocido «fracking»-. El apartado 2 obliga a los titulares de concesiones de explotación ya existentes a presentar, cinco años antes de que finalice su vigencia, un informe ante el Ministerio para la Transición Ecológica sobre el potencial de reconversión de sus instalaciones o ubicación para otros usos del subsuelo -incluida la energía geotérmica- u otras actividades económicas, en particular energías renovables, contemplando los niveles de mantenimiento del empleo.

Aplicación práctica

En la práctica, esta prohibición supone el cierre definitivo de nuevas oportunidades de exploración y explotación de petróleo y gas en territorio español, incluyendo expresamente la técnica del fracking de alto volumen, sin perjuicio de que las concesiones preexistentes a la entrada en vigor de la ley puedan continuar hasta su extinción conforme a su título habilitante original; la obligación de presentar un informe de reconversión cinco años antes del fin de cada concesión es especialmente relevante para la planificación de la transición energética de las zonas y trabajadores vinculados a estas instalaciones, anticipando su reconversión hacia usos como la energía geotérmica o las energías renovables antes de que la concesión finalice.

Qué no es / diferencias clave

Concesiones de explotación ya otorgadas antes de la ley
La prohibición del artículo 9.1 afecta únicamente a las nuevas autorizaciones, permisos o concesiones solicitadas u otorgadas a partir de la entrada en vigor de la Ley 7/2021; las concesiones de explotación ya vigentes con anterioridad no quedan automáticamente extinguidas, sino que continúan rigiéndose por su título habilitante original, sin perjuicio de la obligación específica del artículo 9.2 de presentar un informe de reconversión cinco años antes de su finalización.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 9.1, párrafo segundo, de la Ley 7/2021 prohíbe nuevas autorizaciones para «cualquier actividad para la explotación de hidrocarburos en la que esté prevista la utilización de la fracturación hidráulica de alto volumen».

Preguntas frecuentes sobre prohibición de nuevas explotaciones de hidrocarburos

¿Se pueden pedir nuevos permisos para buscar petróleo o gas en España?

No, desde la entrada en vigor de la Ley 7/2021, no se otorgan nuevas autorizaciones de exploración, investigación ni concesiones de explotación de hidrocarburos, según su artículo 9.1.

¿Está prohibido el fracking en España?

Está prohibido el otorgamiento de nuevas autorizaciones para actividades de explotación de hidrocarburos que prevean fracturación hidráulica de alto volumen, según el artículo 9.1, párrafo segundo, de la Ley 7/2021.

¿Qué pasa con las concesiones de hidrocarburos ya existentes?

Continúan vigentes hasta su extinción, pero sus titulares deben presentar, cinco años antes de que finalicen, un informe sobre el potencial de reconversión de sus instalaciones, según el artículo 9.2 de la Ley 7/2021.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Prohibición de nuevas explotaciones de hidrocarburos. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/prohibicion-de-nuevas-explotaciones-de-hidrocarburos/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 23-ago-2026.

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