
Galan Cortes Abogados en Madrid
c/ Alberto Bosch, 5 · Retiro · Madrid · España · CP 28014

c/ Alberto Bosch, 5 · Retiro · Madrid · España · CP 28014
Un despacho de Madrid centrado en responsabilidad médica, con una segunda sede en Gijón
Galán Cortés Abogados trabaja desde Madrid, en el distrito de Retiro, y declara una sola área de práctica: las reclamaciones por responsabilidad médica. No es un despacho generalista que además lleve asuntos sanitarios; es lo contrario, un despacho que ha reducido su actividad a ese terreno.
En su propia web publica dos sedes, y conviene saberlo antes de llamar, porque el teléfono que figura en esta ficha es el de Madrid:
El correo de contacto que publica es info@galancortes.com. El código postal que consta en nuestros datos para la sede de Madrid es el 28014.
Qué perfil publica el despacho de su equipo
Esta parte hay que leerla con una advertencia por delante: lo que sigue son datos que publica el propio despacho en su web, leída el 20 de octubre de 2026. No los hemos podido contrastar en ninguna fuente oficial, y lo decimos aquí y no en una nota al pie.
El despacho presenta como socio a Julio César Galán Cortés y publica de él una doble titulación poco frecuente: abogado y médico, con doctorado en Derecho por la Universidad de Deusto (2000) y doctorado en Medicina por la Universidad de Oviedo (1983), además de la especialidad de Otorrinolaringología vía MIR y la de Medicina del Trabajo. Publica también que es presidente fundador de la Sociedad Iberoamericana de Derecho Médico y profesor de Derecho Médico en la Escuela de Práctica Jurídica del Principado de Asturias.
¿Por qué importa ese detalle en este tipo de asuntos? Porque un pleito por responsabilidad médica se gana o se pierde casi siempre en el terreno pericial: hay que leer una historia clínica, entender qué se hizo, qué no se hizo y si lo que se hizo se ajustaba a la práctica correcta. Un despacho que reúne las dos formaciones en la misma persona aborda esa lectura sin intermediarios. Eso no prejuzga el resultado de ningún caso, pero sí explica por qué este tipo de perfiles se concentra en esta especialidad.
Qué asuntos dice llevar
El listado de áreas que publica es muy detallado, y de él se entiende bien el mapa del derecho sanitario. Agrupa los asuntos por quién responde, que es la pregunta de la que depende ante qué tribunal se acaba litigando:
El consentimiento informado: dónde está escrito y por qué decide tantos casos
Entre todas esas áreas hay una que merece explicación propia, porque es la que con más frecuencia convierte una mala noticia médica en una reclamación con fundamento: la falta de consentimiento informado. No se trata de que el tratamiento saliera mal; se trata de si el paciente supo, antes de aceptar, a qué se exponía.
La norma que lo regula es la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Su artículo 8 establece cuándo basta la palabra y cuándo hace falta papel:
«El consentimiento será verbal por regla general. Sin embargo, se prestará por escrito en los casos siguientes: intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente» (artículo 8.2 de la Ley 41/2002).
El mismo artículo añade algo que en la práctica se pasa por alto: el consentimiento escrito es necesario para cada una de esas actuaciones, no una vez para todo el proceso. Ahí es donde muchos expedientes se sostienen o se caen: una firma genérica al ingresar no cubre lo que viniera después.
Este es el texto consolidado y vigente a 20 de octubre de 2026, leído directamente en el Boletín Oficial del Estado. Lo citamos porque es el marco de los asuntos que el despacho declara llevar; no es asesoramiento sobre ningún caso concreto, y la aplicación a un expediente real depende de su historia clínica y de sus plazos.
Lo que esta ficha no puede decirle
Hay cosas que no publicamos porque no las sabemos, y preferimos escribirlo a dejar un hueco que parezca un dato:
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de asuntos lleva Galán Cortés Abogados?
Declara una sola área: responsabilidad médica y sanitaria. Dentro de ella, reclamaciones frente al médico, frente al hospital, frente a la aseguradora sanitaria y frente a la Administración sanitaria, además de odontología, partos, medicamentos y productos sanitarios y derecho farmacéutico.
¿Dónde está y a qué teléfono se llama?
Publica dos sedes: Madrid, en la calle Alberto Bosch, 5, 6.º B, teléfono (+34) 91 621 79 88; y Gijón, en la Plaza Seis de Agosto, 9, 5.º G, teléfono (+34) 985 17 11 74. El correo que publica es info@galancortes.com.
¿Por qué esta ficha no afirma ninguna colegiación?
Porque no tenemos con qué sostenerla. El despacho no publica número de colegiado ni el Colegio al que esté adscrito, y no hemos encontrado una fuente oficial con fecha que lo confirme. Lo que sí publica el despacho es que su socio es abogado y médico, con doctorado en Derecho y en Medicina. Si necesita comprobar la habilitación de un letrado, el censo lo lleva su Colegio de Abogados.
¿Cuándo tiene que estar por escrito el consentimiento del paciente?
Según el artículo 8.2 de la Ley 41/2002, por regla general el consentimiento es verbal, pero debe prestarse por escrito en caso de intervención quirúrgica, de procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, de procedimientos con riesgos de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud. Y hace falta para cada una de esas actuaciones, no una sola vez para todo el proceso.
¿Esta ficha la ha escrito el despacho?
No. La ha redactado el equipo editorial de derechoabogados.es el 20 de octubre de 2026 a partir de la web del propio despacho y de nuestros datos de contacto, citando el Boletín Oficial del Estado para la parte normativa. Los datos que publica el despacho sobre sí mismo se presentan como lo que son: datos que publica el despacho.
Esta descripción ha sido elaborada por nuestro equipo editorial a partir de fuentes públicas verificadas. Si eres responsable de este despacho, puedes reclamar la ficha para ampliarla o corregirla.
Esta ficha procede de fuentes públicas y aún no ha sido reclamada por su titular. La colegiación, los horarios y los servicios se mostrarán cuando el despacho complete su ficha.
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