Hacienda

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El deber constitucional de contribuir y la administración que lo gestiona: qué es la Hacienda Pública en España

Resumen rápido: La Hacienda Pública es, en sentido amplio, el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico del Estado y de las demás Administraciones Públicas, y la organización administrativa que los gestiona. Su fundamento constitucional está en el artículo 31.1 de la Constitución, que impone a todos el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica, mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad.

Definición flash: La Hacienda Pública gestiona el sistema tributario con el que todos contribuyen al gasto público según su capacidad económica (art. 31 CE).

Etiqueta lingüística

Del latín facienda, «las cosas que han de hacerse», plural neutro de faciendum. El castellano medieval «fazienda» designó primero los negocios o asuntos propios y, ya en la Baja Edad Media, se especializó en el patrimonio y los ingresos del rey o del reino, sentido que cristalizó en la «Real Hacienda» del Antiguo Régimen y llega hasta la «Hacienda Pública» actual.

Definición técnica

El deber de contribuir del artículo 31.1 CE se desarrolla en la Ley 58/2003, General Tributaria, que establece los principios y normas jurídicas generales del sistema tributario español y resulta de aplicación a todas las Administraciones tributarias (estatal, autonómica y local). El propio artículo 31 CE completa el estatuto constitucional de la Hacienda Pública con dos reglas adicionales: el gasto público debe responder a una asignación equitativa de los recursos y a criterios de eficiencia y economía (apartado 2), y solo pueden establecerse prestaciones patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley (apartado 3), reserva de ley que rige tanto los tributos como otras cargas económicas impuestas coactivamente por los poderes públicos.

Aplicación práctica

«Hacienda» designa en la práctica tanto el sistema en su conjunto (Hacienda Pública estatal, autonómica, local) como, coloquialmente, la Agencia Estatal de Administración Tributaria con la que el contribuyente se relaciona para declarar y pagar sus impuestos. Conviene no confundir el deber constitucional de contribuir, que legitima el sistema tributario en su conjunto, con cada obligación tributaria concreta (IRPF, IVA, IBI), que nace de la ley reguladora de cada tributo y no directamente del artículo 31 CE.

Qué no es / diferencias clave

Inspección de Hacienda
La Inspección de Hacienda es un procedimiento y un órgano concretos, dentro de la Administración tributaria, dedicados a comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales; la Hacienda Pública es el concepto general que engloba todo el sistema tributario y presupuestario.
Tesoro Público
El Tesoro Público es la caja del Estado, que gestiona sus cobros y pagos y su liquidez; la Hacienda Pública es el concepto más amplio que incluye, además, el sistema tributario y el conjunto de derechos y obligaciones económicos de las Administraciones.
Presupuestos Generales del Estado
Los Presupuestos son la previsión anual de ingresos y gastos aprobada por ley; la Hacienda Pública es la organización y el conjunto de relaciones jurídico-económicas permanentes sobre las que esos presupuestos se ejecutan cada año.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 31.1 de la Constitución dispone que «todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio».

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Preguntas frecuentes sobre hacienda

¿Qué es la Hacienda Pública?

El conjunto de derechos y obligaciones económicos del Estado y las demás Administraciones, y la organización que los gestiona, sustentada en el deber constitucional de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos (art. 31 CE).

¿Es lo mismo Hacienda que la Agencia Tributaria?

En sentido estricto no: la Agencia Estatal de Administración Tributaria es el organismo que aplica los tributos estatales; «Hacienda» en sentido amplio incluye también las Haciendas autonómicas y locales y el sistema presupuestario.

¿Puede cualquier Administración crear un tributo nuevo libremente?

No: el art. 31.3 CE exige que toda prestación patrimonial de carácter público, tributaria o no, se establezca con arreglo a la ley, lo que garantiza el principio de reserva de ley en materia tributaria.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

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