Artículo 31. Derecho de adquisición preferente LAU

Vigente desde 1 de enero de 1995

Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.

Texto vigente

Lo dispuesto en el artículo 25 de la presente ley será de aplicación a los arrendamientos que regula este Título.

Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-1994-26003). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.