Artículo 43. Cooperación en materia de control de la calidad TRLGDCU
Vigente desde 2 de marzo de 2022
Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.
Los órganos de cooperación institucional con las comunidades autónomas, competentes por razón de la materia, podrán acordar la realización de campañas o actuaciones programadas de control de mercado, directamente o en colaboración con las asociaciones de consumidores y usuarios, especialmente en relación con:
a) Los bienes y servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado.
b) Los bienes y servicios que reflejen un mayor grado de incidencias en los estudios estadísticos o epidemiológicos.
c) Los bienes o servicios sobre los que se produzca un mayor número de reclamaciones o en los que, por el tipo de estas, quepa deducir razonablemente que existen situaciones especialmente lesivas para los derechos de los consumidores y usuarios o que afecten, en particular, a las personas consumidoras vulnerables.
d) Los bienes y servicios que sean objeto de programas específicos de investigación.
e) Aquellos otros bienes o servicios en que así se acuerde atendiendo a sus características, su especial complejidad o cualquier otra razón de oportunidad.
Se modifica la letra c) por el art. 1.7 de la Ley 4/2022, de 25 de febrero de 2022. Ref. BOE-A-2022-3198
Se modifica la letra c) por el art. 1.7 del Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero. Ref. BOE-A-2021-793#ap
Este artículo ha tenido 3 redacciones. La de arriba es la vigente.
- 2 de marzo de 2022Ley 4/2022, de 25 de febrero (se abre en una pestaña nueva)
- 21 de enero de 2021Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero (se abre en una pestaña nueva)
- 1 de diciembre de 2007Redacción original de la norma
Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-2007-20555). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.