Artículo 72. Prueba del ejercicio del derecho de desistimiento TRLGDCU
Vigente desde 2 de marzo de 2022
Este es el texto oficial del artículo, tal como lo publica el consolidado del BOE. Todavía no tiene comentario jurídico nuestro: cuando lo escribamos aparecerá en esta misma página.
Corresponde al consumidor y usuario probar que ha ejercitado su derecho de desistimiento conforme a lo dispuesto en este capítulo.
En el caso de las personas consumidoras vulnerables, se facilitará la prueba del ejercicio del derecho de desistimiento bastando una afirmación de parte en plazo.
Se añade el segundo párrafo por el art. 1.9 de la Ley 4/2022, de 25 de febrero de 2022. Ref. BOE-A-2022-3198
Este artículo ha tenido 2 redacciones. La de arriba es la vigente.
- 2 de marzo de 2022Ley 4/2022, de 25 de febrero (se abre en una pestaña nueva)
- 1 de diciembre de 2007Redacción original de la norma
Texto reproducido del consolidado oficial del BOE (se abre en una pestaña nueva) (BOE-A-2007-20555). Las disposiciones legales no son objeto de propiedad intelectual (art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). Esta página no contiene asesoramiento jurídico.