Patente de procedimiento

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Actualizado el

La patente cuyo objeto es un método o proceso, cuya protección se extiende también al producto directamente obtenido por él

Resumen rápido: La patente de procedimiento es la patente cuyo objeto es un método o proceso -a diferencia de la patente de producto, cuyo objeto es el producto en sí-. Su titular puede impedir a un tercero, sin su consentimiento, la utilización del procedimiento patentado o el ofrecimiento de dicha utilización, cuando el tercero sepa o las circunstancias hagan evidente que carece de consentimiento; y, además, el ofrecimiento para la venta, la introducción en el comercio, la utilización o la importación o posesión del producto directamente obtenido por ese procedimiento.

Definición flash: Protege un método de fabricación; su titular puede impedir su uso y la venta del producto obtenido con él (art. 59.1 Ley de Patentes).

Etiqueta lingüística

La ley distingue tres modalidades de protección en un mismo artículo -producto, procedimiento, y producto obtenido por el procedimiento- porque una patente de procedimiento sería de escasa utilidad práctica si no permitiera perseguir también el producto resultante: de lo contrario, bastaría con fabricar el producto en el extranjero para eludir la protección.

Definición técnica

El artículo 59 de la Ley de Patentes, apartado 1, letra b), confiere al titular de la patente el derecho a impedir a cualquier tercero sin su consentimiento «la utilización de un procedimiento objeto de la patente o el ofrecimiento de dicha utilización, cuando el tercero sabe, o las circunstancias hacen evidente que la utilización del procedimiento está prohibida sin el consentimiento del titular de la patente». La letra c) del mismo apartado extiende la protección al «ofrecimiento para la venta, la introducción en el comercio o la utilización del producto directamente obtenido por el procedimiento objeto de la patente o la importación o posesión de dicho producto para alguno de los fines mencionados». La letra a) del mismo apartado, no propia de la patente de procedimiento, protege en cambio la patente de producto.

Aplicación práctica

En la práctica, la patente de procedimiento exige al titular acreditar, en caso de infracción, que el producto del presunto infractor se obtuvo efectivamente mediante el procedimiento patentado -una prueba a menudo compleja cuando el proceso de fabricación no es directamente observable-; por ello, en determinados supuestos la ley invierte la carga de la prueba quedando en el infractor demostrar que empleó un procedimiento distinto. El requisito subjetivo de la letra b) -que el tercero sepa o resulte evidente que carece de consentimiento- distingue la protección del procedimiento de la protección más objetiva que la ley da al producto.

Qué no es / diferencias clave

Derecho de exclusiva
El derecho de exclusiva es la facultad general del titular de la patente de impedir a terceros explotar la invención sin su consentimiento, en cualquiera de sus modalidades; la patente de procedimiento es el tipo de patente -distinta de la de producto- cuyo objeto es específicamente un método o proceso, sujeta a esa misma facultad con las reglas propias de las letras b) y c) del artículo 59.1.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 59.1.b) de la Ley de Patentes confiere al titular el derecho a impedir «la utilización de un procedimiento objeto de la patente o el ofrecimiento de dicha utilización, cuando el tercero sabe, o las circunstancias hacen evidente que la utilización del procedimiento está prohibida sin el consentimiento del titular de la patente».

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Preguntas frecuentes sobre patente de procedimiento

¿Qué protege una patente de procedimiento?

Un método o proceso, cuyo titular puede impedir su utilización por terceros y, además, la venta, comercialización o importación del producto directamente obtenido por ese procedimiento (art. 59.1.b y c Ley de Patentes).

¿Se protege también el producto obtenido por un procedimiento patentado?

Sí. El artículo 59.1.c) extiende la protección al producto directamente obtenido por el procedimiento objeto de la patente, con independencia de que el producto en sí no esté patentado.

¿Qué diferencia hay entre patente de procedimiento y patente de producto?

La patente de producto protege el producto en sí (art. 59.1.a); la patente de procedimiento protege el método o proceso de obtención (art. 59.1.b), con protección adicional sobre el producto directamente obtenido por él.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

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