El nombre común para un litigio o proceso judicial entre partes con intereses contrapuestos
Resumen rápido: Un pleito es, en el lenguaje jurídico y común, un litigio o proceso judicial en el que dos o más partes con intereses contrapuestos someten su controversia a un tribunal para que la resuelva; el término se usa sobre todo en el ámbito civil y mercantil, aunque de forma coloquial se extiende a cualquier disputa llevada ante los tribunales.
Definición flash: Pleito: nombre común para un litigio o proceso judicial entre partes con intereses contrapuestos, sometido a un tribunal para que lo resuelva.
Etiqueta lingüística
Del latín placitum, lo acordado o decidido, participio de placere (agradar, decidirse por algo). Curiosamente, una palabra que en su origen remite a un acuerdo pasó a designar, en castellano, precisamente la situación de desacuerdo que se lleva ante un juez para que decida.
Definición técnica
"Pleito" no es un término técnico definido en las leyes procesales españolas vigentes, que prefieren las expresiones "proceso" o "procedimiento judicial" en su articulado. Se usa, no obstante, con normalidad en el lenguaje jurídico -incluida la jurisprudencia- como sinónimo de litigio civil o mercantil, y aparece de forma recurrente en expresiones consolidadas como "pleitos pendientes", "pleito testigo" (el proceso que se usa como referencia para resolver otros similares) o "ganar/perder el pleito".
Aplicación práctica
Cuando alguien dice que va a "poner un pleito" o que está "metido en un pleito", se refiere a iniciar o estar inmerso en un proceso judicial, normalmente de naturaleza civil o mercantil -una reclamación de cantidad, un conflicto contractual, una disputa societaria-. El término se usa con menos frecuencia para procesos penales, donde lo habitual es hablar de "causa" o "procedimiento penal", ni para procesos laborales o contencioso-administrativos, donde predominan otras expresiones propias de cada orden jurisdiccional.
Contexto legal en España
No existe una definición legal de "pleito" en la legislación procesal española vigente; las leyes usan "proceso" y "procedimiento" como términos técnicos equivalentes, mientras que "pleito" pertenece al registro común y doctrinal del lenguaje jurídico.
Qué no es / diferencias clave
- Causa penal
- El término "pleito" se reserva por convención al ámbito civil o mercantil; el proceso penal se denomina habitualmente "causa" o "procedimiento penal", no "pleito".
- Litigio
- Son prácticamente sinónimos en el uso corriente, aunque "litigio" tiene un registro algo más técnico y "pleito" uno más coloquial; ambos designan la controversia sometida a un tribunal.
Términos relacionados
Dato de autoridad
Pese a no ser un término técnico legal, «pleito» es de uso constante en la propia jurisprudencia española -incluidas resoluciones del Tribunal Supremo-, lo que confirma su plena vigencia en el lenguaje jurídico real, aunque las leyes procesales prefieran «proceso» o «procedimiento».
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Preguntas frecuentes sobre pleito
¿Qué significa "pleito" en el lenguaje jurídico?
Un litigio o proceso judicial entre partes con intereses contrapuestos, sometido a un tribunal para que lo resuelva, usado sobre todo en el ámbito civil y mercantil.
¿Es "pleito" un término legal definido en alguna ley?
No. Las leyes procesales españolas usan "proceso" o "procedimiento"; "pleito" pertenece al lenguaje común y doctrinal, aunque se usa con normalidad, incluida la jurisprudencia.
¿Se usa "pleito" para procesos penales?
Raramente. Lo habitual en el ámbito penal es hablar de "causa" o "procedimiento penal"; "pleito" se asocia sobre todo a disputas civiles y mercantiles.
Autoría y revisión editorial
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