Circular

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 11-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Cómo una autoridad dirige a sus subordinados sin crear una norma nueva

Resumen rápido: Una circular es, en el nombre técnico que le da la ley, una instrucción u orden de servicio por la que un órgano administrativo dirige la actividad de los órganos jerárquicamente dependientes de él: según el artículo 6 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, es un instrumento de organización interna, no una norma jurídica con efectos frente a terceros.

Definición flash: Nombre habitual de las instrucciones y órdenes de servicio con que una autoridad dirige a sus órganos dependientes -art. 6 Ley 40/2015-.

Etiqueta lingüística

«Circular» alude a su forma de difusión: un escrito que «circula» por toda una estructura jerárquica, comunicándose a todos los órganos o funcionarios afectados por igual, en lugar de dirigirse a una sola persona.

Definición técnica

En sentido técnico, el artículo 6.1 de la Ley 40/2015 permite a los órganos administrativos dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y órdenes de servicio -el nombre coloquial y más extendido para estas es precisamente «circular»-. La propia norma prevé que, cuando una disposición específica lo establezca, o se estime conveniente por razón de los destinatarios o de los efectos que puedan producirse, esas instrucciones se publiquen en el diario oficial correspondiente. Se trata de un instrumento de organización interna de la Administración: no crea derechos ni obligaciones directamente exigibles por los ciudadanos, sino que ordena cómo debe actuar el propio personal administrativo.

Aplicación práctica

En la práctica, las circulares son muy frecuentes en organismos como la Agencia Tributaria, la Dirección General de Tráfico o los colegios profesionales, y a menudo fijan criterios interpretativos que terminan influyendo mucho en cómo se aplica una norma en el día a día, aunque formalmente no sean vinculantes para los ciudadanos ni para los tribunales. Conocer el contenido de una circular puede ayudar a anticipar cómo va a actuar la Administración en un caso concreto, aunque frente a un tribunal prevalece siempre la ley, no el criterio interno que fije la circular.

Qué no es / diferencias clave

Reglamento
El reglamento es una norma jurídica con eficacia frente a terceros, dictada en ejercicio de la potestad reglamentaria. La circular es un instrumento de organización interna, sin esa eficacia normativa externa.
Resolución administrativa
La resolución administrativa decide sobre un caso o expediente concreto, con efectos jurídicos directos para el interesado. La circular tiene vocación general, dirigida a los propios órganos de la Administración.
Consulta vinculante
La consulta vinculante -por ejemplo, en materia tributaria- responde a una pregunta concreta de un contribuyente y vincula a la Administración frente a él. La circular fija un criterio general para toda la organización, no una respuesta individual.

Términos relacionados

La idea

Una autoridad administrativa necesita, con frecuencia, dar instrucciones concretas a quienes dependen de ella para unificar cómo aplican una norma. Eso es una circular: un mensaje interno de organización, no una ley nueva.

Qué dice el artículo 6 de la Ley 40/2015

La norma prevé que estas instrucciones y órdenes de servicio:

  • Dirigen la actividad de los órganos jerárquicamente dependientes
  • Pueden publicarse en el diario oficial correspondiente cuando una disposición lo exija o se considere conveniente

Sus límites

Una circular no puede crear obligaciones nuevas para los ciudadanos ni contradecir normas de rango superior: su función es organizar la actuación interna de la Administración, no sustituir a la ley.

Dato de autoridad

Un matiz con consecuencias prácticas: una circular no puede, por sí sola, imponer obligaciones nuevas a los ciudadanos ni contradecir lo que dispone una norma con rango legal o reglamentario. Si lo hace, esa parte de la circular es ilegal y puede impugnarse, precisamente porque su función es organizar la actuación interna de la Administración, no crear Derecho con eficacia externa.

Encuentra un abogado

Preguntas frecuentes sobre circular

¿Qué es una circular administrativa?

El nombre habitual de las instrucciones y órdenes de servicio con que un órgano administrativo dirige la actividad de los órganos jerárquicamente dependientes de él, según el artículo 6 de la Ley 40/2015.

¿Una circular es una norma con efectos frente a los ciudadanos?

No directamente. Es un instrumento de organización interna de la Administración; no crea derechos ni obligaciones exigibles por los ciudadanos como una ley o un reglamento.

¿Las circulares siempre se publican?

Se publican en el diario oficial correspondiente cuando una disposición específica lo exija, o cuando se estime conveniente por razón de los destinatarios o de sus efectos.

¿Puede una circular contradecir una ley?

No válidamente. Si una circular impone algo contrario a una norma de rango superior, esa parte es ilegal y puede impugnarse.

¿Para qué sirve conocer las circulares de un organismo?

Ayudan a anticipar el criterio con el que la Administración va a actuar en la práctica ante un caso concreto, aunque ante un tribunal prevalece siempre la ley, no el criterio interno de la circular.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Circular. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/circular/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González, 11-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 6 LRJSP

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de Derecho Administrativo

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?