Conculcar

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 9-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Vulnerar un derecho o una norma: el verbo que usan los tribunales para describir una infracción grave

Resumen rápido: Conculcar es infringir o vulnerar de forma grave una ley, un derecho fundamental o un principio jurídico. Es un término habitual en el lenguaje de las resoluciones judiciales, sobre todo cuando se describe la violación de un derecho reconocido en la Constitución.

Definición flash: Significa vulnerar gravemente un derecho o una norma. Verbo usado a menudo por los tribunales, sobre todo el Constitucional, para describir esa violación.

Etiqueta lingüística

Del latín «conculcare», pisotear, formado sobre «calcare» (pisar), a su vez de «calx» (talón). El sentido figurado -pisotear un derecho o una norma- se ha mantenido intacto hasta el lenguaje jurídico actual, y transmite una idea de violación intensa, no de un simple incumplimiento formal.

Definición técnica

En sentido técnico, «conculcar» no designa una figura jurídica autónoma, sino un verbo de uso constante en la argumentación y en las resoluciones judiciales para describir la vulneración de un derecho o de una norma con especial intensidad. Su uso más frecuente se da en materia de derechos fundamentales: se dice que un acto de un poder público «conculca» un derecho cuando lo vulnera de forma que legitima acudir a los mecanismos de tutela que la Constitución prevé, entre ellos el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. El fundamento último de esa protección está en el artículo 53.1 de la Constitución, que vincula a todos los poderes públicos al respeto de los derechos y libertades del Capítulo II del Título I.

Aplicación práctica

En la redacción de escritos jurídicos, «conculcar» se reserva habitualmente para señalar la infracción más grave y directa de un derecho, y no cualquier discrepancia interpretativa o incumplimiento menor: usarlo con precisión, solo cuando realmente hay una vulneración sustancial, refuerza la credibilidad del argumento ante el tribunal. Es especialmente frecuente en recursos de amparo y en escritos que denuncian la violación de derechos fundamentales como la tutela judicial efectiva, la igualdad o la libertad, donde describir con este término la actuación del poder público enfatiza la gravedad de la infracción alegada.

Qué no es / diferencias clave

Incumplir
Incumplir describe de forma neutra no hacer algo debido. Conculcar añade una connotación de gravedad e intensidad en la violación, típica del lenguaje sobre derechos fundamentales.
Nulidad
Conculcar describe la acción de vulnerar un derecho o norma. La nulidad es la consecuencia jurídica que puede derivarse de esa vulneración cuando afecta a un acto o contrato, pero son conceptos distintos.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 53.1 de la Constitución Española dispone que los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo Segundo del Título I «vinculan a todos los poderes públicos», siendo esa vinculación el fundamento por el que se afirma que un acto de un poder público «conculca» un derecho fundamental cuando la infringe.

Preguntas frecuentes sobre conculcar

¿Qué significa que un acto conculca un derecho?

Que lo vulnera de forma grave y directa, no mediante un simple incumplimiento formal. Es el verbo habitual en resoluciones judiciales para describir la violación de un derecho, especialmente de un derecho fundamental.

¿Conculcar es lo mismo que incumplir?

No exactamente. Incumplir es un término neutro para no cumplir una obligación. Conculcar transmite una idea de vulneración intensa, propia del lenguaje sobre derechos fundamentales y principios jurídicos esenciales.

¿Dónde se usa este término con más frecuencia?

En recursos de amparo y resoluciones sobre derechos fundamentales, para describir que un poder público ha vulnerado un derecho protegido por el artículo 53.1 de la Constitución.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Conculcar. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/conculcar/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto 2026-08-24, 9-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 53 CE

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