Asfixia Mecánica

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Actualizado el

La muerte por obstrucción física de la respiración -ahorcadura, sofocación, sumersión-, determinada mediante autopsia judicial

Resumen rápido: La asfixia mecánica es la muerte o lesión grave producida por la interrupción física del proceso respiratorio -por compresión del cuello, obstrucción de las vías aéreas, sofocación o sumersión-, categoría central de la Medicina Legal que el médico forense determina mediante autopsia judicial cuando la muerte es violenta o su causa resulta sospechosa.

Definición flash: Asfixia mecánica es la muerte por obstrucción física de la respiración -ahorcadura, sofocación, sumersión-, según autopsia judicial (art. 343 LECrim).

Etiqueta lingüística

De «asfixia», del griego «a-» (sin) y «sphyxis» (pulso), y «mecánica», por oposición a otras causas de asfixia -tóxica, patológica-: aquí la interrupción de la respiración se produce por una acción física directa sobre el cuerpo, no por una sustancia o una enfermedad.

Definición técnica

El artículo 343 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal impone la práctica de la autopsia del cadáver por los médicos forenses en los sumarios por muerte violenta o sospechosa, incluso cuando la inspección exterior permita presumir su causa, con informe sobre el origen del fallecimiento y sus circunstancias. Cuando la causa investigada es una asfixia mecánica, la autopsia debe determinar el mecanismo concreto -ahorcadura, estrangulación manual o con ligadura, sofocación, sumersión- y las lesiones características de cada uno, un análisis pericial que se practica conforme al artículo 456 de la misma ley, que ordena el informe pericial cuando se requieren conocimientos científicos para apreciar un hecho relevante del sumario.

Aplicación práctica

En la práctica forense, distinguir el mecanismo concreto de la asfixia mecánica es determinante para la investigación penal: los signos hallados en la autopsia -el patrón de las marcas en el cuello, la presencia de líquido en las vías respiratorias, las petequias- pueden orientar decisivamente entre un suicidio, un homicidio o un accidente, y condicionan la calificación jurídica de los hechos y la búsqueda de otras pruebas.

Qué no es / diferencias clave

Asfixia tóxica
La asfixia tóxica se produce por una sustancia que impide la oxigenación de la sangre -monóxido de carbono, por ejemplo-, sin obstrucción física de las vías respiratorias; la asfixia mecánica exige una acción física directa sobre el cuerpo.
Antropología forense
La antropología forense estudia restos óseos o muy descompuestos para identificarlos y establecer la causa de muerte cuando ya no es posible una autopsia convencional; la asfixia mecánica es una causa concreta de muerte que se determina, sobre todo, en cadáveres recientes mediante autopsia.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 343 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que, en los sumarios por muerte violenta o sospechosa, «se procederá a la autopsia del cadáver por los Médicos forenses (...), los cuales, después de describir exactamente dicha operación, informarán sobre el origen del fallecimiento y sus circunstancias».

Encuentra un abogado

Preguntas frecuentes sobre asfixia mecánica

¿Qué es la asfixia mecánica?

La muerte o lesión grave producida por la interrupción física de la respiración -ahorcadura, sofocación, sumersión-, determinada mediante autopsia judicial conforme al artículo 343 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

¿Quién determina si una muerte fue por asfixia mecánica?

El médico forense, mediante autopsia judicial ordenada en el sumario por muerte violenta o sospechosa, mediante informe pericial conforme a los artículos 343 y 456 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

¿Por qué es importante el mecanismo concreto de la asfixia?

Porque los signos característicos de cada mecanismo -ahorcadura, estrangulación, sumersión- pueden orientar la investigación penal entre suicidio, homicidio o accidente.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Artículo comentado relacionado: Art. 343 LECrim

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de Derecho Penal

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?