Por qué los planes de igualdad tienen que incluir un análisis de si hombres y mujeres cobran lo mismo por el mismo trabajo
Resumen rápido: La auditoría retributiva -llamada literalmente "auditoría salarial" en la Ley Orgánica 3/2007- es una de las materias que debe cubrir el diagnóstico previo a todo plan de igualdad de una empresa. El artículo 46.2 de la LOI la incluye dentro del bloque de condiciones de trabajo (letra e), junto con otras ocho materias que el diagnóstico debe abordar.
Definición flash: El diagnóstico previo a todo plan de igualdad debe incluir la auditoría salarial entre mujeres y hombres, dentro del bloque de condiciones de trabajo (art. 46.2.e LOI).
Etiqueta lingüística
"Auditoría retributiva" y "auditoría salarial" designan el mismo instrumento: el texto legal usa "auditoría salarial", pero en la práctica administrativa y en el desarrollo reglamentario posterior se ha extendido el término "retributiva", más amplio porque cubre no solo el salario base sino el conjunto de la retribución.
Definición técnica
El diagnóstico negociado que precede a todo plan de igualdad debe cubrir, además de la auditoría salarial: el proceso de selección y contratación, la clasificación profesional, la formación, la promoción profesional, el ejercicio corresponsable de los derechos de conciliación, la infrarrepresentación femenina, las retribuciones -como bloque propio, distinto de la auditoría salarial dentro de condiciones de trabajo- y la prevención del acoso sexual y por razón de sexo (art. 46.2, letras a-i). El diagnóstico se elabora en el seno de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, con toda la información que la dirección de la empresa debe facilitar, incluidos los datos del Registro retributivo del artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Aplicación práctica
En la práctica, la auditoría retributiva es la pieza que permite detectar si existen diferencias salariales injustificadas entre mujeres y hombres que desempeñan el mismo trabajo o trabajos de igual valor, y es la base documental sobre la que se construyen después las medidas correctoras del plan de igualdad.
Contexto legal en España
La auditoría retributiva se enmarca en el artículo 46.2.e) de la Ley Orgánica 3/2007, dentro del diagnóstico previo a los planes de igualdad de las empresas, obligatorio desde la reforma del Real Decreto-ley 6/2019.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Registro retributivo
- El registro retributivo (art. 28.2 ET) es la obligación de toda empresa de llevar un registro con los valores medios de salarios desagregados por sexo. La auditoría retributiva es un análisis más profundo, propio de las empresas obligadas a plan de igualdad, que se apoya en esos datos del registro pero va más allá.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 46.2.e) de la LOI incluye entre las materias del diagnóstico las «condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres».
Preguntas frecuentes sobre auditoría retributiva
¿Qué materias debe cubrir el diagnóstico previo a un plan de igualdad?
Al menos: selección y contratación, clasificación profesional, formación, promoción profesional, condiciones de trabajo -incluida la auditoría salarial-, conciliación, infrarrepresentación femenina, retribuciones, y prevención del acoso sexual y por razón de sexo (art. 46.2 LOI).
Autoría y revisión editorial
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