Bona materna (y bona paterna avitaque)

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 18-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

La clasificación histórica romano-visigoda-castellana de los bienes según su procedencia familiar

Resumen rápido: Bona materna -bienes maternos- y bona paterna avitaque -bienes paternos y de abolengo- son categorías históricas del Derecho romano, visigodo y castellano que clasificaban el patrimonio familiar según su línea de procedencia -materna o paterna-, relevantes para el régimen de reversión de esos bienes dentro de la misma línea familiar cuando el hijo que los había heredado fallecía sin descendencia, antecedente histórico directo de las modernas figuras de troncalidad y reserva en el Derecho sucesorio español.

Definición flash: La clasificación histórica romano-visigoda-castellana de los bienes según su procedencia familiar: maternos, o paternos y de abolengo.

Etiqueta lingüística

«Bona» es simplemente «bienes» en latín (plural de bonum); «materna» y «paterna» indican la línea de procedencia; «avita» -de avus, abuelo- añade los bienes de abolengo, heredados de los ascendientes más remotos, no solo de los padres directos.

Definición técnica

El principio que subyace a esta clasificación histórica -conocido como principio de troncalidad o de reversión de línea- pretendía evitar que los bienes de una familia «se fugaran» hacia otra línea distinta de aquella de la que procedían: si un hijo heredaba bienes maternos y fallecía sin descendencia, esos bienes debían revertir a la línea materna -a los parientes maternos-, no pasar a la línea paterna, y viceversa. Este principio, de raíz romana y muy desarrollado en el Derecho visigodo y en los fueros castellanos y aragoneses medievales, sigue teniendo proyección directa en el Derecho civil español vigente a través de instituciones como la reserva troncal del artículo 811 del Código Civil y, con mayor intensidad, en los Derechos civiles forales -especialmente el aragonés y el vasco-, donde la troncalidad conserva un papel central en el régimen sucesorio.

Aplicación práctica

Comprender el origen histórico de la distinción entre bienes maternos y paternos ayuda a entender por qué instituciones aparentemente complejas del Derecho sucesorio actual -la reserva troncal, la troncalidad foral aragonesa o vasca- no son excepciones caprichosas, sino la pervivencia moderna, adaptada y limitada, de un principio muy antiguo: la preocupación por que el patrimonio familiar no cambie de línea de sangre quien lo hereda por azar de fallecimientos sucesivos.

Qué no es / diferencias clave

Reserva troncal (actual)
La reserva troncal del artículo 811 del Código Civil es la institución vigente y acotada que recoge, de forma limitada, el principio histórico de bona materna/paterna, con requisitos y alcance propios distintos de la amplitud que tuvo la clasificación histórica original.

Términos relacionados

Dato de autoridad

La clasificación histórica de bienes maternos y paternos, de raíz romano-visigoda, articuló el principio de reversión de línea que pervive hoy, con alcance limitado, en la reserva troncal del artículo 811 del Código Civil y en los Derechos civiles forales de troncalidad.

Preguntas frecuentes sobre bona materna (y bona paterna avitaque)

¿Qué son los bona materna y los bona paterna avitaque?

La clasificación histórica de los bienes familiares según su línea de procedencia -materna, o paterna y de abolengo-, relevante para su reversión dentro de la misma línea.

¿Qué principio general articulaban?

El principio de troncalidad o reversión de línea: evitar que los bienes de una familia pasaran a una línea distinta de aquella de la que procedían.

¿Sigue teniendo reflejo hoy en el Derecho español?

Sí, de forma limitada, en la reserva troncal del artículo 811 del Código Civil, y con mayor desarrollo en los Derechos civiles forales, especialmente el aragonés.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Bona materna (y bona paterna avitaque). Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/bona-materna/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 18-ago-2026.

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