Bona fide

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 24-jul-2026 contra el BOE

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La buena fe: actuar con lealtad y sin engaño en las relaciones jurídicas

Resumen rápido: Bona fide es una locución latina que significa «de buena fe» y designa el deber de actuar con lealtad, honradez y sin engaño en las relaciones jurídicas. En el Derecho español, el artículo 7.1 del Código Civil exige que los derechos se ejerciten conforme a las exigencias de la buena fe, y el artículo 1258 la convierte en fuente de obligaciones contractuales.

Definición flash: Bona fide significa «de buena fe»: el deber de actuar con lealtad y sin engaño al ejercitar los derechos y cumplir los contratos.

Etiqueta lingüística

Locución latina, «con buena fe» (de bona, «buena», y fide, «fe»). Se emplea tanto de forma autónoma —«adquirente de bona fide»— como en la fórmula española «buena fe». Es un concepto transversal que aparece en el Derecho civil, mercantil, administrativo e internacional.

Definición técnica

En sentido técnico se distinguen dos planos. La buena fe objetiva es un estándar de conducta: exige comportarse con la lealtad que cabe esperar en el tráfico, y por eso el artículo 1258 del Código Civil obliga a lo pactado y también a todas las consecuencias conformes a ella. La buena fe subjetiva es un estado psicológico: la creencia honesta y diligente de actuar conforme a Derecho, relevante por ejemplo en la protección del tercero de buena fe o en la usucapión. El abuso del derecho y el ejercicio contrario a la buena fe no están amparados por la ley.

Aplicación práctica

En la práctica, la buena fe es el criterio con el que los tribunales corrigen conductas formalmente ajustadas a la letra pero desleales: ir contra los propios actos, ejercer un derecho para dañar, ocultar información relevante en una negociación. También protege a quien confió razonablemente en una apariencia —el que compra de quien parecía dueño—. Invocar la buena fe no es apelar a la equidad genérica: es un principio con anclaje legal que puede fundamentar una pretensión o enervar la de la otra parte.

Qué no es / diferencias clave

Mala fide
Actuar de mala fide es hacerlo con conocimiento de la ilegitimidad o con intención de engañar. Es el reverso de la buena fe, y la ley le anuda consecuencias más gravosas.
Pacta sunt servanda
El pacta sunt servanda afirma que lo pactado obliga. La buena fe determina el ALCANCE de esa obligación: también lo no escrito pero conforme a la lealtad debida, según el art. 1258 CC.
Equidad
La equidad es la adaptación de la norma a las circunstancias del caso, y solo funda resoluciones cuando la ley lo permite. La buena fe es un principio con anclaje legal directo que integra derechos y obligaciones.
Abuso del derecho
El abuso del derecho es el ejercicio de un derecho de forma antisocial o para dañar. Es una de las conductas que la exigencia de buena fe precisamente prohíbe; están estrechamente ligados.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 7.1 del Código Civil dispone que los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe, y el artículo 1258 la incorpora como fuente de las obligaciones que integran el contrato. Es un principio general del Derecho con anclaje legal expreso.

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Preguntas frecuentes sobre bona fide

¿Qué significa bona fide?

«De buena fe»: el deber de actuar con lealtad, honradez y sin engaño en las relaciones jurídicas. Los derechos deben ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.

¿Dónde está recogida en el Derecho español?

Con carácter general en el artículo 7.1 del Código Civil, y proyectada a los contratos en el artículo 1258, que obliga también a las consecuencias conformes a la buena fe.

¿Qué diferencia hay entre buena fe objetiva y subjetiva?

La objetiva es un modelo de conducta leal exigible en el tráfico; la subjetiva es la creencia honesta de estar actuando conforme a Derecho, relevante por ejemplo para proteger al tercero o adquirente de buena fe.

¿Puedo basar una demanda en la buena fe?

Sí. No es una apelación genérica a la equidad: la buena fe tiene anclaje legal y de ella derivan la doctrina de los actos propios y la prohibición del abuso del derecho, que pueden fundar o enervar una pretensión.

¿Qué pasa si alguien actúa de mala fe?

La mala fe —actuar con conocimiento de la ilegitimidad o intención de engañar— no está amparada por la ley y suele acarrear consecuencias más gravosas para quien así actúa.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Bona fide. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/bona-fide/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 24-jul-2026.

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