El sistema jurídico anglosajón construido sobre el precedente judicial, no sobre la codificación
Resumen rápido: El common law es el sistema jurídico propio de Inglaterra y de los países de tradición anglosajona -entre otros, Estados Unidos, Canadá, Australia o Irlanda-, construido históricamente a partir de las decisiones de los tribunales como fuente principal del Derecho, regidas por el principio del precedente vinculante o "stare decisis", en contraste con los sistemas de Derecho continental o civil law, como el español, donde la ley codificada ocupa ese lugar central.
Definición flash: Common Law: sistema jurídico anglosajón construido sobre el precedente judicial vinculante (stare decisis), no sobre la ley codificada.
Etiqueta lingüística
Del inglés "common law", literalmente "derecho común": surgió en Inglaterra tras la conquista normanda del siglo XI como el Derecho aplicado de forma uniforme por los tribunales reales de Westminster, frente a los derechos locales y consuetudinarios previos, distintos en cada condado. No debe confundirse con el uso que la tradición jurídica española da a la expresión "Derecho común".
Definición técnica
El common law carece, por definición, de una norma española que lo regule: es un sistema jurídico extranjero. Su rasgo técnico central es el principio del precedente vinculante o "stare decisis" -una decisión judicial sobre una cuestión de Derecho obliga a ese tribunal y a los de rango igual o inferior en casos posteriores con hechos similares-, frente al papel secundario que el precedente tiene en los sistemas de Derecho codificado. Cuando el common law resulta aplicable ante un tribunal español -por ejemplo, por sumisión contractual a la ley de Inglaterra y Gales-, el artículo 281.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige que "el derecho extranjero deberá ser probado en lo que respecta a su contenido y vigencia".
Aplicación práctica
En la práctica española, el common law aparece sobre todo en dos escenarios: contratos internacionales que las partes deciden someter a la ley inglesa o de otra jurisdicción de common law -algo habitual en financiación internacional, transporte marítimo o seguros-, y litigios o arbitrajes en los que ese Derecho extranjero debe acreditarse ante el tribunal o árbitro español, normalmente mediante dictamen pericial sobre su contenido y vigencia. La sumisión a common law no significa renunciar a toda protección: las normas españolas de orden público y las imperativas de protección de consumidores, entre otras, pueden seguir aplicándose pese al pacto.
Contexto legal en España
No existe una "legislación española" del common law, por tratarse de un sistema jurídico extranjero. Su relevancia para el Derecho español surge por la vía del Derecho internacional privado: el Reglamento (CE) n.º 593/2008 (Roma I) permite a las partes de un contrato internacional elegir la ley aplicable, incluida una ley de common law, y la Ley de Enjuiciamiento Civil regula cómo se prueba ese Derecho extranjero ante un tribunal español.
Normas clave a tener en cuenta
Qué no es / diferencias clave
- Derecho consuetudinario (costumbre, en el sentido español)
- Aunque "common law" se traduzca a veces como "derecho consuetudinario", no equivale a la costumbre como fuente subsidiaria que regula el artículo 1 del Código Civil español: el common law es un sistema jurídico completo, construido sobre resoluciones judiciales publicadas y vinculantes, no sobre usos sociales no escritos.
- Derecho común (en la tradición jurídica española)
- En España, "Derecho común" designa la relación entre el Derecho general del Estado y los Derechos civiles forales o especiales; no tiene ninguna relación histórica ni conceptual con el "common law" inglés, pese a la coincidencia parcial de las palabras.
Términos relacionados
Dato de autoridad
El artículo 281.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil deja claro que el Derecho extranjero -y, con él, el common law cuando resulte aplicable- "deberá ser probado en lo que respecta a su contenido y vigencia": a diferencia de la ley española, que el juez conoce y aplica de oficio, el common law invocado ante un tribunal español no se presume, se acredita.
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Preguntas frecuentes sobre common law
¿Qué diferencia al common law del sistema jurídico español?
En España, y en general en el civil law, la ley codificada es la fuente principal del Derecho y el juez la aplica e interpreta; en el common law, las decisiones judiciales anteriores -el precedente- vinculan a los tribunales posteriores en casos similares, y el Derecho se construye caso a caso.
¿Qué países siguen el sistema de common law?
Fundamentalmente el Reino Unido -salvo Escocia, de tradición mixta- y numerosos países de raíz colonial británica, como Estados Unidos, Canadá (salvo Quebec), Australia, India o Irlanda, cada uno con sus propias particularidades nacionales.
¿Puede un contrato en España someterse a common law inglés?
Sí, dentro de los límites que marca el Derecho internacional privado: las partes pueden pactar que su contrato se rija por una ley extranjera, incluida la inglesa, conforme al Reglamento Roma I, y si el asunto llega a un tribunal español, ese derecho extranjero deberá probarse en cuanto a su contenido y vigencia.
¿Qué es el "stare decisis"?
El principio central del common law según el cual la decisión de un tribunal sobre una cuestión de Derecho vincula a ese mismo tribunal y a los de rango igual o inferior en casos posteriores con hechos similares.
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