Doble imposición económica

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 24-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

El problema de gravar dos veces el mismo beneficio -en la sociedad y en el socio-, y cómo lo corrige la exención sobre dividendos

Resumen rápido: La doble imposición económica es el fenómeno por el que un mismo beneficio económico tributa dos veces en manos de dos contribuyentes distintos: primero en sede de la sociedad que lo genera, sujeta al Impuesto sobre Sociedades, y después en sede del socio que lo recibe como dividendo.

Definición flash: La doble imposición económica se produce cuando el mismo beneficio tributa primero en la sociedad y después otra vez al repartirse como dividendo; la Ley del IS la corrige eximiendo el dividendo si la participación supera el 5% (art. 21).

Etiqueta lingüística

Se llama "económica" para distinguirla de la doble imposición "jurídica", en la que un mismo contribuyente paga dos veces por la misma renta -típicamente en dos países distintos-. En la doble imposición económica, en cambio, son dos sujetos distintos -la sociedad y el socio- quienes tributan, cada uno, por el mismo beneficio subyacente.

Definición técnica

El artículo 21 exige, para socios españoles que reciben dividendos de entidades residentes, el requisito del 5% de participación (o un valor de adquisición superior a 20 millones de euros, según redacciones anteriores hoy más restringidas). Cuando la entidad participada, a su vez, obtiene más del 70% de sus ingresos de dividendos o rentas de la transmisión de participaciones, la exención exige además que el contribuyente tenga una participación indirecta que cumpla igualmente esos requisitos -una cláusula anti-abuso pensada para sociedades holding puramente instrumentales-. Si la participación es en una entidad no residente, se añade el requisito de que esa entidad haya estado sujeta a un impuesto extranjero análogo al Impuesto sobre Sociedades, a un tipo nominal mínimo del 10%.

Aplicación práctica

Sin esta exención, un grupo de sociedades con varias filiales encadenadas soportaría un efecto cascada: el mismo beneficio tributaría una vez en cada nivel de la cadena societaria antes de llegar al socio final, lo que penalizaría fiscalmente la propia existencia de estructuras con varias sociedades.

Qué no es / diferencias clave

Doble imposición internacional
La doble imposición económica del artículo 21 corrige que el MISMO beneficio tribute en la sociedad y después en el socio. La doble imposición internacional se produce cuando el MISMO contribuyente tributa por la misma renta en dos países distintos, y se corrige con mecanismos propios (convenios de doble imposición, deducciones).

Dato de autoridad

El artículo 21.1 de la Ley del IS exime los dividendos cuando «el porcentaje de participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad sea, al menos, del 5 por ciento».

Preguntas frecuentes sobre doble imposición económica

¿Qué porcentaje de participación exige la exención sobre dividendos?

Al menos el 5% del capital o los fondos propios de la entidad que reparte el dividendo, mantenido de forma ininterrumpida durante el año anterior a que sea exigible el beneficio distribuido (art. 21.1.a Ley IS).

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Doble imposición económica. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/doble-imposicion-economica/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 24-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 21 IS

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de impuesto de sociedades

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?