Fuentes del derecho

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 2-sep-2026 contra el BOE

Actualizado el

Origen de las normas del ordenamiento jurídico: ley, costumbre y principios generales

Resumen rápido: Las fuentes del derecho son, según el artículo 1 del Código Civil, «la ley, la costumbre y los principios generales del derecho»: los tres orígenes reconocidos de las normas que integran el ordenamiento jurídico español, con esa misma prelación jerárquica.

Definición flash: Las fuentes del derecho son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, con esa prelación jerárquica (art. 1 CC).

Etiqueta lingüística

"Fuente" en su acepción metafórica clásica del Derecho romano-canónico: el manantial del que brota la norma jurídica vigente.

Definición técnica

El artículo 1 del Código Civil fija tanto las fuentes -ley, costumbre, principios generales del derecho- como su orden de prelación: la costumbre solo rige en defecto de ley aplicable, y los principios generales se aplican en defecto de ley y costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico. El propio artículo añade que las disposiciones que contradigan otra de rango superior carecen de validez, consagrando el principio de jerarquía normativa. La jurisprudencia no es fuente del Derecho en sentido estricto según el Código Civil, aunque complementa el ordenamiento con la doctrina reiterada del Tribunal Supremo.

Aplicación práctica

Ante la ausencia de una ley aplicable a un caso concreto, el juez debe acudir primero a la costumbre acreditada -si existe y no es contraria a la moral o al orden público- y, en su defecto, a los principios generales del Derecho, evitando así el non liquet o negativa a resolver por falta de norma expresa.

Qué no es / diferencias clave

Fuentes del derecho y jurisprudencia
El artículo 1 del Código Civil no incluye la jurisprudencia entre las fuentes del Derecho en sentido estricto; la doctrina reiterada del Tribunal Supremo complementa el ordenamiento jurídico, pero no crea Derecho de forma autónoma como sí lo hacen la ley, la costumbre o los principios generales.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 1.1 del Código Civil dispone que «las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho».

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Preguntas frecuentes sobre fuentes del derecho

¿Cuáles son las fuentes del Derecho en España?

La ley, la costumbre y los principios generales del derecho, con esa prelación jerárquica, según el artículo 1 del Código Civil.

¿Cuándo se aplica la costumbre?

Solo en defecto de ley aplicable, y siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y resulte probada.

¿Es la jurisprudencia una fuente del Derecho?

No en sentido estricto según el artículo 1 del Código Civil, aunque complementa el ordenamiento jurídico con la doctrina reiterada del Tribunal Supremo.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Fuentes del derecho. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/fuentes-del-derecho/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica), 2-sep-2026.

Artículos comentados relacionados: Art. 1 CC · Art. 7 LGT

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