In specie

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 18-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Máxima latina: en la especie pactada, referida al pago de deudas de dinero

Resumen rápido: In specie («en la especie») designa el pago realizado en la moneda o divisa concretamente pactada por las partes, frente al pago en un equivalente distinto. El artículo 1170 del Código Civil dispone que «el pago de las deudas de dinero deberá hacerse en la especie pactada y, no siendo posible entregar la especie, en la moneda de plata u oro que tenga curso legal en España».

Definición flash: In specie es pagar en la moneda o divisa concretamente pactada por las partes, según el artículo 1170 del Código Civil.

Etiqueta lingüística

Del latín species, "clase" o "especie": la especie monetaria concreta pactada -euros, dólares, una divisa determinada-, frente al concepto genérico de "dinero".

Definición técnica

El artículo 1170 del Código Civil establece la regla general del pago in specie: si las partes pactaron el pago en una moneda determinada, el deudor debe entregar precisamente esa especie monetaria; solo si resulta imposible entregarla, se acude a la moneda de curso legal en España como sustituto. El precepto también regula la entrega de pagarés, letras de cambio u otros documentos mercantiles: su entrega no produce, por sí sola, los efectos del pago, sino solo cuando hubiesen sido realizados o cuando, por culpa del acreedor, se hubiesen perjudicado.

Aplicación práctica

El principio in specie cobra especial relevancia en contratos internacionales o con cláusulas de pago en divisa extranjera: si el contrato fija expresamente el pago en dólares o en otra moneda, el deudor no puede, en principio, liberarse pagando el equivalente en euros sin el consentimiento del acreedor, salvo pacto o norma especial en contrario.

Qué no es / diferencias clave

In specie y dación en pago
El pago in specie es cumplir exactamente en la moneda o especie pactada; la dación en pago es entregar una cosa distinta de la debida, con el consentimiento del acreedor, como sustituto liberatorio de la prestación original.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 1170 del Código Civil dispone que «el pago de las deudas de dinero deberá hacerse en la especie pactada y, no siendo posible entregar la especie, en la moneda de plata u oro que tenga curso legal en España».

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Preguntas frecuentes sobre in specie

¿Qué significa pagar in specie?

Pagar exactamente en la moneda o divisa concretamente pactada por las partes, según el artículo 1170 del Código Civil.

¿Qué pasa si no es posible entregar la especie pactada?

El pago se hace en la moneda de curso legal en España, según prevé el propio artículo 1170.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

In specie. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/in-specie/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 18-ago-2026.

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