Maltrato y abandono de animales de compañía

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 23-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Definidos por ley: maltratarlos, agredirlos o dejarlos en la calle intencionadamente, prohibido en todo caso

Resumen rápido: El maltrato y el abandono de animales de compañía son, respectivamente, dos de las conductas expresamente y totalmente prohibidas por la Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales. El maltrato comprende maltratarlos o agredirlos físicamente, así como someterlos a trato negligente o a cualquier práctica que les pueda producir sufrimientos, daños físicos o psicológicos, u ocasionar su muerte.

Definición flash: Definidos por ley: maltratarlos, agredirlos física o psicológicamente, o dejarlos intencionadamente en la calle o el campo.

Etiqueta lingüística

La ley incluye expresamente el «trato negligente» dentro del concepto de maltrato, junto a la agresión física activa: no es necesario un acto deliberado de violencia para incurrir en la prohibición, bastando la desatención que produzca sufrimiento o daño al animal, lo que amplía notablemente el ámbito de conductas prohibidas más allá de la agresión física en sentido estricto.

Definición técnica

El artículo 25 de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, prohíbe totalmente, entre otras conductas referidas a animales de compañía o silvestres en cautividad: maltratarlos o agredirlos físicamente, así como someterlos a trato negligente o a cualquier práctica que les produzca sufrimientos, daños físicos o psicológicos, u ocasione su muerte, letra a); usar métodos y herramientas invasivas que causen daños y sufrimientos, sin perjuicio de los tratamientos veterinarios, letra b); y abandonarlos intencionadamente en espacios cerrados o abiertos, especialmente en el medio natural, donde puedan ocasionar daños por asilvestramiento o por su condición de especie exótica potencialmente invasora, letra c). El precepto añade otras prohibiciones conexas, como dejarlos sueltos en condiciones de causar daños en lugares públicos, letra d), o someterlos a trabajos inadecuados o excesivos respecto de sus características y estado de salud, letra g).

Aplicación práctica

En la práctica, esta ley de 2023 refuerza notablemente la protección penal y administrativa de los animales de compañía, y las conductas de maltrato o abandono aquí definidas son además presupuesto habitual de infracciones administrativas sancionables, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda derivarse en los casos más graves conforme al Código Penal; conviene recordar que la propia definición legal de maltrato incluye expresamente la mera negligencia -no solo la agresión activa-, y que el abandono se prohíbe específicamente cuando es «intencionado», lo que exige distinguir, a efectos probatorios, entre la pérdida accidental de un animal y su abandono deliberado.

Qué no es / diferencias clave

Prohibiciones específicas de los animales de compañía (artículo 27)
El artículo 25 recoge las prohibiciones generales de maltrato y abandono, comunes a animales de compañía y silvestres en cautividad; el artículo 27 añade, específicamente para los animales de compañía, un catálogo más detallado de conductas prohibidas -como dejarlos sin supervisión más de un determinado número de días o el uso de collares de castigo-, aplicable sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general en el artículo 25.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 25.c) de la Ley 7/2023 prohíbe «abandonarlos intencionadamente en espacios cerrados o abiertos, especialmente en el medio natural».

Preguntas frecuentes sobre maltrato y abandono de animales de compañía

¿Qué se considera maltrato animal según la ley?

Maltratarlos o agredirlos físicamente, así como someterlos a trato negligente o a cualquier práctica que les produzca sufrimientos, daños físicos o psicológicos, u ocasione su muerte, según el artículo 25.a) de la Ley 7/2023.

¿Es lo mismo perder un animal que abandonarlo?

No: la ley prohíbe el abandono cuando es intencionado, según el artículo 25.c) de la Ley 7/2023, lo que exige distinguirlo de una pérdida accidental.

¿Incluye el maltrato la simple desatención sin agresión física?

Sí, el artículo 25.a) de la Ley 7/2023 incluye expresamente el trato negligente dentro del concepto de maltrato.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Maltrato y abandono de animales de compañía. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/maltrato-y-abandono-de-animales-de-compania/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 23-ago-2026.

¿Necesitas ayuda de un abogado? Abogados de derecho civil

Información general con fines divulgativos. No sustituye al asesoramiento jurídico de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Falta algún dato o has visto algo erróneo en esta página?