Prohibiciones específicas de los animales de compañía

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 23-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

Prohibido dejar solo a un perro más de 24 horas o a otros animales más de 3 días, entre otras conductas tasadas

Resumen rápido: Las prohibiciones específicas de los animales de compañía son el catálogo detallado de conductas expresamente prohibidas por la Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales respecto de perros, gatos y demás animales de compañía, aplicable sin perjuicio de las prohibiciones generales de maltrato y abandono, entre las que destacan el sacrificio salvo causas tasadas, la mutilación no terapéutica, el uso en peleas, y dejarlos sin supervisión más de tres días consecutivos -o veinticuatro horas en el caso de los perros-.

Definición flash: Prohibido dejar solo a un perro más de 24 horas seguidas, o a otros animales de compañía más de 3 días, entre otras conductas tasadas.

Etiqueta lingüística

La ley distingue con precisión los términos «sacrificio» y «eutanasia»: el primero se prohíbe con carácter general salvo causas de seguridad o salud pública tasadas, mientras que la segunda solo se admite bajo criterio y control veterinario para evitar el sufrimiento del animal por causas no recuperables, acreditado y certificado por un profesional veterinario colegiado, subrayando que ambos conceptos no son intercambiables pese a su proximidad en el lenguaje coloquial.

Definición técnica

El artículo 27 de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, prohíbe expresamente, entre otras conductas sobre animales de compañía: su sacrificio, salvo por motivos de seguridad de personas o animales o riesgo para la salud pública debidamente justificado, prohibiéndose expresamente el sacrificio en centros de protección animal por razones económicas, de sobrepoblación, vejez, enfermedad tratable o problemas de comportamiento reconducibles, letra a); practicarles mutilaciones o modificaciones corporales permanentes, salvo excepciones terapéuticas o de identificación tasadas, letra b); utilizarlos en peleas o su adiestramiento para ello, letra c); mantenerlos atados o deambulando sin supervisión presencial en espacios públicos, letra d); llevarlos atados a vehículos a motor en marcha, letra f); y dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos, plazo que se reduce a veinticuatro horas consecutivas para la especie canina, letra i). El precepto añade además prohibiciones sobre cría comercial no registrada, letra k), comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, letra l), y el uso de herramientas de manejo lesivas, como collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo, letra ñ).

Aplicación práctica

En la práctica, la regla de las veinticuatro horas para los perros es, sin duda, la disposición más conocida y consultada de todo este artículo, siendo el fundamento legal directo de la conocida prohibición de dejar a un perro solo en casa durante un día entero o más; su incumplimiento, junto con el resto de prohibiciones de este artículo -uso de collares de castigo, sacrificio injustificado, mutilaciones no terapéuticas-, es sancionable administrativamente conforme al régimen de infracciones de la propia ley, y su conocimiento resulta especialmente relevante para tenedores de mascotas, criadores, centros de protección animal y establecimientos de venta o exhibición de animales.

Qué no es / diferencias clave

Eutanasia veterinaria
El sacrificio se prohíbe con carácter general y solo se admite por causas tasadas de seguridad o salud pública; la eutanasia, en cambio, solo está justificada bajo criterio y control veterinario, exclusivamente para evitar el sufrimiento del animal por causas no recuperables que comprometan seriamente su calidad de vida, debiendo acreditarse y certificarse por un profesional veterinario colegiado, tratándose de un supuesto distinto y compatible con la prohibición general de sacrificio del artículo 27.a).

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 27.i) de la Ley 7/2023 prohíbe dejar sin supervisión a un animal de compañía «durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas».

Preguntas frecuentes sobre prohibiciones específicas de los animales de compañía

¿Cuánto tiempo puedo dejar solo a mi perro en casa?

Como máximo veinticuatro horas consecutivas, según el artículo 27.i) de la Ley 7/2023; para otros animales de compañía el límite general es de tres días consecutivos.

¿Están prohibidos los collares eléctricos o de castigo?

Sí. El artículo 27, letra ñ), de la Ley 7/2023 prohíbe cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo.

¿Puede un centro de protección animal sacrificar a un animal por falta de espacio?

No. El artículo 27.a) de la Ley 7/2023 prohíbe expresamente el sacrificio en centros de protección animal por sobrepoblación o carencia de plazas, entre otras causas.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Prohibiciones específicas de los animales de compañía. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/prohibiciones-especificas-de-los-animales-de-compania/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial; revisión jurídica) -- visto bueno 2026-09-02, 23-ago-2026.

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