Derecho procesal civil

Aplicable en España — basado en normativa española (BOE).

Verificado el 31-ago-2026 contra el BOE

Actualizado el

La rama del Derecho procesal que regula los procesos civiles ante los tribunales del orden civil

Resumen rápido: El Derecho procesal civil es la rama del Derecho procesal que regula la actuación de los tribunales civiles y de quienes acuden y participan ante ellos en los procesos civiles, incluyendo las distintas clases de tutela jurisdiccional que puede pretenderse -condena, declaración, constitución, ejecución y medidas cautelares-, según los artículos 1 y 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Definición flash: Derecho procesal civil: regula los procesos ante los tribunales civiles y las clases de tutela que se les puede pedir (arts. 1 y 5 LEC).

Etiqueta lingüística

«Procesal civil» combina «procesal» -relativo al proceso, del latín procedere- con «civil», que aquí no designa el Derecho civil sustantivo sino el orden jurisdiccional civil, el que conocen los juzgados y tribunales de este orden frente al penal, el contencioso-administrativo o el social.

Definición técnica

El artículo 1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, bajo la rúbrica «Principio de legalidad procesal», dispone que en los procesos civiles los tribunales y quienes ante ellos acudan e intervengan deberán actuar con arreglo a lo dispuesto en esa Ley. El artículo 5, «Clases de tutela jurisdiccional», enumera lo que puede pretenderse ante los tribunales civiles: la condena a una prestación, la declaración de derechos y situaciones jurídicas, su constitución, modificación o extinción, la ejecución, la adopción de medidas cautelares y cualquier otra tutela expresamente prevista por la ley. El artículo 36 delimita, además, la extensión y los límites de la jurisdicción civil española frente a la de otros Estados.

Aplicación práctica

El Derecho procesal civil se aplica a un reclamación de cantidad entre particulares, a un procedimiento de familia sobre custodia o alimentos, a un juicio de desahucio o a la ejecución de una sentencia civil firme: todo lo que no corresponda a los órdenes penal, contencioso-administrativo o social.

Qué no es / diferencias clave

Derecho procesal
El Derecho procesal es el género: el conjunto de normas sobre la organización de los tribunales y los procesos de cualquier orden jurisdiccional -civil, penal, contencioso-administrativo o social. El Derecho procesal civil es la especie referida en concreto al proceso civil regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Términos relacionados

Dato de autoridad

El artículo 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000 fue el primero en enumerar de forma sistemática, en un único precepto, todas las clases de tutela jurisdiccional civil, algo que la Ley de 1881 nunca llegó a ordenar de manera unitaria.

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Preguntas frecuentes sobre derecho procesal civil

¿Qué es el principio de legalidad procesal en el proceso civil?

Según el artículo 1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en los procesos civiles los tribunales y quienes acudan ante ellos deben actuar con arreglo a lo dispuesto en esa Ley, sin margen para procedimientos al margen de ella.

¿Qué clases de tutela puede pedirse en un proceso civil?

El artículo 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil enumera la condena a una prestación, la declaración o constitución de derechos, la ejecución y la adopción de medidas cautelares, entre otras.

¿Qué diferencia el proceso civil del penal?

El proceso civil resuelve conflictos entre particulares sobre derechos privados y se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil; el proceso penal persigue delitos y se rige por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con principios propios como la presunción de inocencia.

Autoría y revisión editorial

Contenido elaborado bajo la dirección editorial de DERECHO ABOGADOS, verificando cada norma sobre fuentes oficiales (BOE y jurisprudencia).

Cada norma citada se verifica contra su texto consolidado en el BOE: se comprueba el identificador de la norma, que la redacción sea la vigente y que lo entrecomillado sea literal. Es una verificación editorial, no un visto colegiado. Este contenido es información general y no constituye asesoramiento legal sobre un caso concreto.

Cómo citar esto

Derecho procesal civil. Derecho Abogados. https://www.derechoabogados.es/diccionario-juridico/procesal-civil/. Revisión jurídica: María Eugenia de Araujo González (Coordinadora Editorial), 31-ago-2026.

Artículo comentado relacionado: Art. 5 LEC

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